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Foro colaborativo COVID-19

aclarando incertidumbre entre economistas de ekonomistak...

Aquí puedes encontrar consultas frecuentes sobre la crisis del coronavirus y cómo afecta a las empresas, profesionales, trabajadores y ciudadadanía en general.

Las respuestas tienen carácter meramente informativo, resueltas siempre en función de la información aportada por la persona consultante y bajo su responsabilidad, no siendo vinculantes en ningún sentido. El Colegio Vasco de Economistas no se hace responsable del uso que se pueda hacer de las respuestas emitidas y no suponen, por tanto, un convenio de consultoría formal ni un dictamen jurídico, y carecen de valor vinculante y no implican ningún tipo de responsabilidad directa o indirecta por parte del Colegio Vasco de Economistas por las pérdidas ocasionadas a las personas jurídicas o naturales que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en esta consulta. La realización de la consulta supone la aceptación de estas condiciones por parte persona consultante.

Este es un espacio colaborativo para compartir conocimiento y la experiencia de las y los economistas con el objetivo de minimizar la incertidumbre en el ámbito socioeconómico originada por el COVID-19.

Total Mensajes: 146
  • CURSO GRATUITO DESEMPELADOS ERTE

    Anónimo ( 06/03/2023 10:18:03 )

    Hola grupo, vengo a informaros del curso gratuito para desempleados que han estado en ERTE del SEPE.
    Curso: Sostenibilidad Ambiental para trabajar en plantas de reciclaje o servicio públicos de limpieza.

    - Gratuito subvencionado por el SEPE
    - Modalidad online
    - Titulación validada por el SEPE

    Contactar con: Ainhoa 625369646 o aalcoba@infocaformacion.com

  • CURSO GRATUITO DESEMPLEADOS ERTE

    Anónimo ( 06/03/2023 10:16:03 )

    Hola grupo, vengo a informaros del curso gratuito para desempleados que han estado en ERTE del SEPE.
    Curso: Sostenibilidad Ambiental para trabajar en plantas de reciclaje o servicio públicos de limpieza.

    - Gratuito subvencionado por el SEPE
    - Modalidad online
    - Titulación validada por el SEPE

    Contactar con: Ainhoa 625369646 o aalcoba@infocaformacion.com

  • CURSO GRATUITO DESEMPLEADOS ERTE

    Anónimo ( 06/03/2023 10:15:19 )

    Hola grupo, vengo a informaros del curso gratuito para desempleados que han estado en ERTE del SEPE.
    Curso: Sostenibilidad Ambiental para trabajar en plantas de reciclaje o servicio públicos de limpieza.

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    - Modalidad online
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  • Huelga y baja paternidad

    Anónimo ( 21/04/2022 14:43:48 )

    Hola, si el mes anterior a coger la baja por paternidad en mi empresa hay 3 días de huelga, afectaría a la prestación que recibiría de baja por paternidad?
    Gracias!

  • RE: Huelga y baja paternidad

    Anónimo ( 06/03/2023 10:18:21 )

    Hola grupo, vengo a informaros del curso gratuito para desempleados que han estado en ERTE del SEPE.
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    Contactar con: Ainhoa 625369646 o aalcoba@infocaformacion.com

  • Cobro del ERTE noviembre 2020

    Anónimo ( 06/04/2021 12:16:51 )

    Buenos dias me llamo francisco soy camarero y estoy de ERTE X FUERZA MAYOR desde nov 2020 resulta que desde el 8 nov 2020 al 01/02/2021 el SEPE me ha pagado 196euros y tenias que haber cobrado 1860euros reconocido por el SEPE eso si me descontaron 300e que me ingresaron de mas LLEVO PAGANDO EL DESEMPLEO DESDE 1991 QUE EMPECE A TRABAJAR COMO CONSEGUIR QUE ME PAGEN LOS 980E QUE ME DEBEN DE DICIEMBRE GRACIAS

  • De J Completa a J Parcial

    Anónimo ( 25/03/2021 23:16:11 )

    Buenas noches. Estoy en el caso 2 de este apartado (2. Reducción de jornada por sustitución de un contrato a jornada completa que finaliza, por uno a jornada parcial).
    El próximo 18 de abril se me acaba un contrato de jornada completa que era una sustitución por maternidad y la empresa me ofrece cubrir otro puesto a jornada parcial inmediatamente después.
    Leyendo el artículo me surge la duda de si aún siendo en días consecutivos tengo que darme de alta como demandante de empleo y solicitar la prestación para poder después solicitar cobrar del paro el resto de la jornada y cobrar así jornada completa. O puedo solicitar cobrar el paro para completar la jornada una vez que tenga mi contrato a jornada parcial sin necesidad de darme de alta.
    Tengo paro retenido y por lo que he leído en la página del SEPE cuando se me acabe este contrato de jornada parcial el 30 de junio puedo reanudar dicha prestación con las condiciones en las que se me concedió en su día (no teniendo en cuenta estos 6 últimos meses cotizados de enero a junio en los que tendría 2 meses y medio de jornada parcial)Lo que no se es si afecta el hecho de cobrar o no del paro el resto de la jornada durante los dos meses y pico que dure mi contrato a tiempo parcial.
    Muchas gracias por adelantado. Un saludo

  • Despido vs ERTE

    Anónimo ( 07/12/2020 10:34:39 )

    Empresa hostelería, tramitó ERTE para todos sus 6 trabajadores el 14 de marzo. El 1 de junio de 2020 incorpora a 2 de ellos al 100%, el 15 de junio a otros 2 al 100% y 1 al 50%, manteniendo a una trabajadora en ERTE de 100%, sin incorporar. Actualmente están trabajando 5 de los 6 trabajadores, solo se mantiene una en ERTE. El 30 de septiembre no se solicito prorroga de ERTE, por lo que ya no existe exoneración de seguros sociales y la empresa los paga todos, incluso el de la trabajadora que sigue en ERTE. Entiendo que ya ha pasado 6 meses desde la 1a incorporación (01.06.20), por lo que se ha cumplido el compromiso ¿verdad? La empresa quiere despedir a la trabajadora que actualmente sigue en ERTE ¿Podría hacerlo alegando Causas económicas, técnicas organizativas o de producción sin incumplir compromiso? En caso de no ser posible ¿de qué modo se podría despedir para no incumplir el compromiso y no se le reclamen las exoneraciones? ¿Si se incumple el compromiso a la empresa se le reclama solo las exoneraciones del trabajador por el que se ha incumplido o por el de todos los trabajadores?
    Gracias.

  • Falso erte

    Anónimo ( 07/12/2020 3:14:48 )

    A principios del mes de noviembre la empresa me informó que habían hecho una petición para que entrase en erte.

    Semanas después me informan presencialmente que estoy en erte. Hasta ahí todo correcto.

    Tras varias semanas detrás de la empresa para que me diese documentación en la cual indique que estoy en erte, me dicen que el erte no fue aceptado y que tengo que volver a trabajar.

    Mi pregunta es la siguiente:

    1. Me quitan días de vacaciones?

    2.Es denunciable que me digan que estoy en erte cuando no les ha llegado ninguna documentación de que eso sea cierto?

    3.en un principio me debían horas, al estar un tiempo en supuesto erte acabé debiendoles horas a ellos, cosa que me dijeron que arreglarían y que no les debía hora alguna. Me he dado cuenta que las horas que no trabaje por el erte me las quitaron de las horas que ellos me debían, esto es legal, si ha sido error de ellos?

  • Falso erte

    Anónimo ( 07/12/2020 3:11:58 )

    A principios del mes de noviembre la empresa me informó que habían hecho una petición para que entrase en erte.

    Semanas después me informan presencialmente que estoy en erte. Hasta ahí todo correcto.

    Tras varias semanas detrás de la empresa para que me diese documentación en la cual indique que estoy en erte, me dicen que el erte no fue aceptado y que tengo que volver a trabajar.

    Mi pregunta es la siguiente:

    1. Me quitan días de vacaciones?

    2.Es denunciable que me digan que estoy en erte cuando no les ha llegado ninguna documentación de que eso sea cierto?

    3.en un principio me debían horas, al estar un tiempo en supuesto erte acabé debiendoles horas a ellos, cosa que me dijeron que arreglarían y que no les debía hora alguna. Me he dado cuenta que las horas que no trabaje por el erte me las quitaron de las horas que ellos me debían, esto es legal, si ha sido error de ellos?

  • Erte

    Anónimo ( 23/10/2020 16:22:26 )

    Me hicieron un Erte el día 15 de marzo de 2020 hasta el día 18 de mayo, y con fecha de hoy 23 de octubre no he recibido ningún pago. Agradecería Saber si alguien esta en la misma situación . Gracias Ángeles

  • erte fijo descontinuos

    Anónimo ( 14/10/2020 21:18:31 )

    hola buenas estoy en el erte desde abril y la empresa me da un fin de llamamiento por un desaucio del local ,quisiera saber si sigo en el erte y si esto no es un despido improcedente gracias

  • COMUNICACIÓN DE PERIODOS DE ACTIVIDAD AL SEPE EN UN ERTE

    Anónimo ( 07/10/2020 12:34:41 )

    Si una empresa sigue en ERTE por fuerza mayor desde Marzo, y va a seguir a partir de octubre ¿tiene que mandar la comunicación de Actividad de los trabajadores al Sepe? ¿o no? porque están en SUSPENSION DE CONTRATO

  • REDUCCION DE JORNADA POR ERTE

    Anónimo ( 07/10/2020 10:57:20 )

    Buenas. Yo tengo una reduccion del 75 % de mi jornada (osea trabajo 6 horas) por guarda legal desde el 2012. Mi empresa ha echo un erte con reduccion de jornada y trabajo 4 horas. Mi prefunta es, ¿Que me deberia de pagar el SEPE , las 4 horas restantes de mi contrato sin tener en cuenta que estaba de reduccion o las 2 horas que me han reducido de mi reduccion?

    Gracias

  • REDUCCION DE JORNADA POR ERTE

    Anónimo ( 07/10/2020 10:54:33 )

    Buenas. Yo tengo una reduccion del 75 % de mi jornada (osea trabajo 6 horas) por guarda legal desde el 2012. Mi empresa ha echo un erte con reduccion de jornada y trabajo 4 horas. Mi prefunta es, ¿Que me deberia de pagar el SEPE , las 4 horas restantes de mi contrato sin tener en cuenta que estaba de reduccion o las 2 horas que me han reducido de mi reduccion?

    Gracias

  • Erte

    Anónimo ( 11/09/2020 18:58:03 )

    Estoy en erte desde marzo quisiera saber que pasa con los dias de vacaciones que tengo desde enero a marzo gracias

  • RE: Erte

    Anónimo ( 13/02/2021 1:32:40 )

    Respuesta

  • Erte

    Anónimo ( 11/09/2020 18:54:28 )

    Sigo en erte desde 14 de marzo queria saber que pasa con mis vacaciones de enero a marzo

  • Dudas media jornada

    Anónimo ( 06/08/2020 13:50:24 )

    Hola buenas
    Estoy trabajando actualmente 4 horas al día en una empresa en la que hace poco estaba en ERTE completo.
    Al principio empecé a hacer 4 horas solamente un día de la semana como proceso de reincorporación, no obstante más pronto que tarde me dijeron que me pasaban a las 4 horas los días laborales.
    Hasta ahí bien, lo que me soprendió fue ver que a principio de mes me habían pagado el ERTE entero y un sueldo ridículo (cantidad que encajaría con lo de trabajar 4 horas a la semana)
    ¿Es eso legal? ¿Me están tomando el pelo?
    Gracias

  • Dudas ERTE y media jornada

    Anónimo ( 06/08/2020 13:48:28 )

    Hola buenas,

    Estoy trabajando actualmente 4 horas al día en una empresa en la que hace poco estaba en ERTE completo.
    Al principio empecé a hacer 4 horas solamente un día de la semana como proceso de reincorporación, no obstante más pronto que tarde me dijeron que me pasaban a las 4 horas los días laborales.

    Hasta ahí bien, lo que me soprendió fue ver que a principio de mes me habían pagado el ERTE entero y un sueldo ridículo (cantidad que encajaría con lo de trabajar 4 horas a la semana)

    ¿Es eso legal? ¿Me están tomando el pelo?
    Gracias

  • baja

    Anónimo ( 04/08/2020 13:19:51 )

    hola eatoy en erte desde marzo, y la empresaa ya abrio y no me dan llamado qe pasa si cojo una baja por depresión. gracias

  • baja

    Anónimo ( 04/08/2020 13:16:54 )

    hola eatoy en erte desde marzo, y la empresaa ya abrio y no me dan llamado qe pasa si cojo una baja por depresión. gracias

  • Erte media Jornada

    Anónimo ( 01/08/2020 7:53:11 )

    Buenos dias!! Estoy en un erte desde el 14 de marzo, el día 9 de junio, me sacan a media jornada, pero a día de hoy aparezco de baja y no he cobrado nada del Erte, Osea la empresa si ke ha pagado la parte que le corresponde pero el Sepe no . Gracias

  • Erte

    Anónimo ( 30/07/2020 19:44:03 )

    La empresa donde trabajo seguimos todos en erte y ahora nos mandan un mensaje que tenemos que ir a la empresa hacer un cursillo sobre riesgos laborales sbrs covid es eso legal estando en erte ? Dicen que es onligatorio es asi ?gracias

  • Erte

    Anónimo ( 30/07/2020 19:41:30 )

    La empresa donde trabajo seguimos todos en erte y ahora nos mandan un mensaje que tenemos que ir a la empresa hacer un cursillo sobre riesgos laborales sbrs covid es eso legal estando en erte ? Dicen que es onligatorio es asi ?gracias

  • Erte

    Anónimo ( 15/07/2020 12:08:15 )

    Llevo en erte hostelería desde el 14 de marzo,la cafetería abrió en mayo,aún faltamos dos por entrar a trabajar.me an pagado el SEPE al día más o menos menos en julio,figuro como soltero trabajando por cuenta ajena tal y tal.hable con mi jefe y asesoría y que llame al SEPE pues no hay manera ni cita previa.que puedo hacer?. Muchas gracias

  • Erte

    Anónimo ( 26/06/2020 23:06:23 )

    Yo estuve de erte desde el 16 de marzo. El 8 de junio me dan de alta un 20% y sigo en erte un 80%. Osea trabajo 8 horas semanales. Me obligan a coger vacaciones el 15 de junio 12 dias y los otros 11 en agosto. Mi pregunta es..... Cuanto debo cobrar por esos 12 dias de vacaciones??. El 20% de mi nómina, o el 100% de mi nómina, ya q las vacaciones me las he ganado gracias a mi trabajo cotizando y trabajando al 100%. Gracias

  • Pago ERTES 3 de Julio

    Anónimo ( 24/06/2020 13:36:18 )

    Buenos días. Sabéis si se cobrará el ERTE de este mes de Junio el 3 de Julio, o nos iremos al día 10 en este caso??

    Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda!

  • Pago ERTES 3 de Julio

    Anónimo ( 24/06/2020 13:33:52 )

    Buenos días. Sabéis si los bancos adelantarán el pago de este mes (Junio) al día 3 de Julio, o tendremos que esperar al día 10?? Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda!

  • ERTE DE REDUCCIÓN DE JORNADA

    Anónimo ( 22/06/2020 9:56:22 )

    Buenos días Jose,
    ¿Qué tal estáis?
    Me gustaría que me aclarases una duda que tengo con respecto a los ERTES…, cuando puedas.
    La empresa solicitó un Erte de reducción de jornada desde el día 01/04/20 hasta el 31/05/20, en cambio la resolución que yo recibí por parte del SEPE vino aprobada desde el 01/04/20 al 02/05/20. La empresa nos dice que es un error y que ya han solicitado que se subsane, pero no tengo muy claro si esto esté siendo así o si lo pueden hacer.

  • ERTE DE REDUCCIÓN DE JORNADA AL 50%

    Anónimo ( 22/06/2020 9:39:46 )

    Buenos días,
    La empresa donde trabajo solicitó un Erte de reducción de jornada desde el día 01/04/20 hasta el 31/05/20, en cambio la resolución que yo recibí por parte del SEPE vino aprobada desde el 01/04/20 al 02/05/20. La empresa nos dice que es un error y que ya han solicitado que se subsane, pero no tengo muy claro si esto esté siendo así. Quisiera saber si la empresa puede solicitar que se prolongue la prestación después de la resolución. Solo hemos cobrado el 50% de la nómina, ¿a quien le corresponde hacerse cargo del resto?

  • Sigo sin saber si estoy en ERTE o si me han sacado de el.

    Anónimo ( 15/06/2020 14:31:24 )

    Hola, tengo varias dudas que ojalá puedan resolverme, ya no sé qué más hacer. Por más que llamo y escribo correos al SEPE no me contesta nadie.
    Mi empresa, es una escuela de baile, cerró el 15 de marzo. El jefe solicitó el ERTE ese mismo mes de marzo con carácter retroactivo al 14 de marzo. Nos hizo firmar unos documentos para solicitar el ERTE en el que teníamos que poner nuestro número de cuenta, DNI, teléfono, correo electrónico etc. Ese documento se firmó el 16 de abril y a la semana nos volvió a mandar un documento parecido en el que nos pedía la misma información que en el anterior. En el papel ponía que era una “autorización solicitud de presentación”. Hemos firmado eso todos los trabajadores. A día de hoy seguimos sin cobrar la prestación ninguno y tan siquiera aparecemos al consultar nuestra prestación por la página oficial del SEPE. A todos nos pone que nuestra cuenta corriente no aparece reflejada en su base de datos. A un compañero le contestaron a un correo electrónico los del SEPE diciendo que lo mismo hay algún error en los datos de la empresa y si no que sigamos esperando. Le hemos preguntado al jefe que dónde está el papel donde diga que el ERTE ha sido aceptado y no nos lo manda. Dice que ya ha sido aceptado y ya lo cobraremos. No da más explicaciones aparte de que según la gestora está todo correcto.
    El día 8 de junio volvemos a trabajar (me avisa con unas míseras horas de antelación). Le pregunto que si no tengo que firmar ningún papel para solicitar la “salida” del ERTE (como me han dicho en varias ocasiones amigos que ya han vuelto a trabajar y si han tenido que firmar un documento). Me dice que no hace falta firmar nada, que ya se ha encargado él de todo. Tampoco me manda la solicitud de salida del erte que ha tenido que mandar la gestora al SEPE. A día de hoy estoy yendo a trabajar sin saber si he estado o no en un ERTE, si sigo en él o qué pasa. Nadie me dice nada, Nadir me coge el teléfono. No sé si estoy infringiendo la ley al ir a trabajar porque no sé si estoy fuera o no del ERTE. Por favor ayúdenme, no sé qué más hacer.

  • DUDAS ERTE Y NUEVO EMPLEO

    Anónimo ( 10/06/2020 14:11:27 )

    Buenos días,

    Estoy afectada por un ERTE desde el 15/04/2020, dicho ERTE aún no está registrado en el SEPE. He encontrado otro trabajo a tiempo parcial y no he podido comunicar al SEPE mi alta ya que, al no figurar mi ERTE en sus sistemas, no les consta que tenga que dar de baja ninguna prestación.


    ¿Tendría algún problema por ello?

    Por otro lado, si me doy de baja voluntaria en el nuevo trabajo que he encontrado durante el ERTE, ¿ Podría volver a acogerme al ERTE o perdería dicha prestación?

    Un saludo y gracias por vuestra labor.


  • Consulta referida al consumo de días de desempleo ERTE por causas ETOP por COVID-19

    JABI BEITIA ZURINAGA ( 10/06/2020 13:19:52 )

    En el caso de empleados que estén en ERTE causas ETOP por COVID-19 con reducción de jornada, según RD 8/2020, artículo 25.1b, entendemos que las percepciones de prestación por desempleo durante la vigencia del citado ERTE, no computan a efectos de consumo de los períodos máximos de percepción a los que el trabajador tuviera derecho con anterioridad a la aplicación del ERTE.

    ¿Es correcta nuestra interpretación?

    Desde el propio SEPE se está dando respuesta que sí consumen días de desempleo pero queríamos confirmarlo.

  • Nos rescatan de lo erte de fuerza mayor a media jornada

    Anónimo ( 09/06/2020 23:24:36 )

    Hola quería información mi empresa hizo un erte de fuerza mayor y ahora nos va a repescar a unos cuantos a media jornada eso puede ser?

  • calculo prestación de contrato indefinido a tiempo parcial.

    Anónimo ( 04/06/2020 21:43:13 )

    Hola,
    Si la base reguladora la tengo de 822.30 euros y trabajo 21 horas a la semana que son 53% de la jornada completa cuanto puedo cobrar del ERTE por fuerza mayor.

    GRACIAS

  • ERTE FUERZA MAYOR TOTAL O PARCIAL

    Anónimo ( 29/05/2020 12:08:05 )

    El Real Decreto Ley 18/2020 establece la consideración de ERTE FUERZA MAYOR TOTAL o PARCIAL, y en base a dicha consideración que se tiene que manifestar cada empresa a la SEG SOCIAL en una declaración responsable para la aplicación exenciones/exoneraciones.

    Hemos realizado una consulta la SEG. SOCIAL sobre si un ERTE es total o parcial y nos dicen que nos dirijamos a la autoridad laboral para que nos lo diga. El Departamento de Trabajo de Gobierno Vasco nos ha dicho que este asunto es de Seguridad Social que les afecta a ellos por las exenciones/bonificaciones y que por ello han establecido esa división en los ERTE-FUERZA MAYO y que el Departamento de Trabajo no se van a manifestar sobre ello.

    La duda: Hay empresas que no han reincorporado a trabajadores (hostelería, comercio, academias, inmobiliarias…) ya que las restricciones de aforo y actividad con limitaciones, les impiden la reincorporación al trabajo a sus trabajadores o a parte de ellos.

    PREGUNTA: ¿Quién o cómo se define la situación de ERTE TOTAL o PARCIAL? Aunque sea posible iniciar la actividad, si no lo ha hecho o están trabajando solo los titulares (autónomos) y los trabajadores siguen en ERTE ¿es ERTE TOTAL o PARCIAL?

  • ERTE FUERZA MAYOR TOTAL O PARCIAL

    Anónimo ( 29/05/2020 12:05:12 )

    El Real Decreto Ley 18/2020 establece la consideración de ERTE FUERZA MAYOR TOTAL o PARCIAL, y en base a dicha consideración que se tiene que manifestar cada empresa a la SEG SOCIAL en una declaración responsable para la aplicación exenciones/exoneraciones.

    Hemos realizado una consulta la SEG. SOCIAL sobre si un ERTE es total o parcial y nos dicen que nos dirijamos a la autoridad laboral para que nos lo diga. El Departamento de Trabajo de Gobierno Vasco nos ha dicho que este asunto es de Seguridad Social que les afecta a ellos por las exenciones/bonificaciones y que por ello han establecido esa división en los ERTE-FUERZA MAYO y que el Departamento de Trabajo no se van a manifestar sobre ello.

    La duda: Hay empresas que no han reincorporado a trabajadores (hostelería, comercio, academias, inmobiliarias…) ya que las restricciones de aforo y actividad con limitaciones, les impiden la reincorporación al trabajo a sus trabajadores o a parte de ellos.

    PREGUNTA: ¿Quién o cómo se define la situación de ERTE TOTAL o PARCIAL? Aunque sea posible iniciar la actividad, si no lo ha hecho o están trabajando solo los titulares (autónomos) y los trabajadores siguen en ERTE ¿es ERTE TOTAL o PARCIAL?

  • Consulta

    Anónimo ( 28/05/2020 17:18:13 )

    Buenas tardes, mi empresa está tramitando un erte, nos comentan que a partir de que termine el estado de alarma se nos habría la bolsa de empleo
    Esto es así?

  • Duda con el cobro de mi prestación tras el Erte

    Anónimo ( 28/05/2020 13:36:41 )

    Hola buenas, en primer lugar agradecer vuestra ayuda.
    Estoy en ERTE desde Marzo y está aprobada y ya cobrada hasta hoy la presentación, bien,mi duda es la siguiente:
    Llevo 3años en la empresa mi contrato inicial es a 30hora,pero nos suelen ampliar a 36horas muchos meses(sobre todo los 6 últimos meses) bien, llamé al SEPE para que me comprobarán los datos de ellas cantidades ya que a mí no me cuadraban me comentaron que han cogido último certificado correspondiente al mes de Marzo que estaba a 30h ...pero ¿Y los otros meses que he estado a 36h? ¿Entonces me han calculado la prestación con un certificado de empresa que no es 100%asi? Ya que he estado a 36horas más de un mes y la empresa ha ido mandando conforme a las ampliaciones de horas certificados al SEPE, gracias espero puedan ayudarme

  • erte

    Anónimo ( 27/05/2020 15:22:34 )

    hola en primer lugar gracias por vuestra ayuda
    en mi empresa tengo un contrato de cuatro horas y estoy compaginándolo con la ayuda para los mayores de 52 años.
    a mi empresa le han aprobado un erte que se supone que voy a cobrar yo el erte compaginado con la ayuda

  • No me hicieron el erte

    Anónimo ( 27/05/2020 12:24:21 )

    He llamado al SEPE un día más y al fin me han respondido... Resulta que en mi vida laboral no se reconoce que he estado en erte desde el comienzo del covid-19 cuarentena. Tengo la carta de presentación conforme la empresa me hizo el erte, quién me va a pagar ahora? La empresa o deben reenviar el erte? No tengo efectivo desde hace meses, mi empresa me pidió hace dos semanas que fuera a trabajar y yo dije que no podía porque no tengo para ir. Me han dicho que estoy de baja voluntaria sin haber firmado nada ... Que debo hacer, ayúdenme por favor

  • Hoy día 27/05/2020

    Anónimo ( 27/05/2020 12:22:23 )

    He llamado al SEPE un día más y al fin me han respondido... Resulta que en mi vida laboral no se reconoce que he estado en erte desde el comienzo del covid-19 cuarentena. Tengo la carta de presentación conforme la empresa me hizo el erte, quién me va a pagar ahora? La empresa o deben reenviar el erte? No tengo efectivo desde hace meses, mi empresa me pidió hace dos semanas que fuera a trabajar y yo dije que no podía porque no tengo para ir. Me han dicho que estoy de baja voluntaria sin haber firmado nada ... Que debo hacer, ayúdenme por favor

  • Autonomo q abre negocio

    Anónimo ( 25/05/2020 21:27:44 )

    Hola. Me gustaria saber si un autónomo puede abrir el negocio de cafe bar, sin rescatar al trabajador que está en Erte. Muchas gracias

  • RE: Autonomo q abre negocio

    Anónimo ( 27/05/2020 21:12:48 )

    Puedes abrir sin desafectar al trabajador del Erte. En función de la fase en la que esté el territorio y de las mesas disponibles el trabajador seguirá en erte total (no pagas cotizaciones) o erte parcial (pagarás el 40% de los seguros sociales)

  • Prórroga automática de Erte??

    Anónimo ( 24/05/2020 4:16:46 )

    Muy buenas
    Mi empresa tiene concedido un Erte por fuerza mayor hasta el 9 de junio. Me reincorporo al trabajo con reducción de jornada. Esa reducción sería válida sólo hasta el día 9?
    se renueva automáticamente hasta el día 30 de junio?
    O la empresa debe solicitar la prórroga?
    Gracias y un saludo

  • Desafectación en reducción de jornada y salario que corresponde Muy buenas. Estoy en suspensión total por fuerza mayor y empiezo a trabajar el lunes con reducción de jornada de 40 a 30h. Cobraré solo las 30h por parte del empresario o mantendré también l

    Anónimo ( 24/05/2020 4:11:30 )

    Muy buenas.
    Estoy en suspensión total por fuerza mayor y empiezo a trabajar el lunes con reducción de jornada de 40 a 30h. Cobraré solo las 30h por parte del empresario o mantendré también la prestacion al 70% de las otras 10h???

  • Desafectación en reducción de jornada y salario

    Anónimo ( 24/05/2020 4:08:26 )

    Muy buenas.
    Estoy en suspensión total por fuerza mayor y empiezo a trabajar el lunes con reducción de jornada de 40 a 30h. Cobraré solo las 30h por parte del empresario o mantendré también la prestacion al 70% de las otras 10h???

  • Erte y trabajar en otra empresa

    Anónimo ( 19/05/2020 11:12:48 )

    ¿Alguien ha trabajado en otra empresa mientras estaba cobrando prestación por Erte? En teoría puedes trabajar a jornada parcial y combinar la prestación (si consigues que te atienda alguien y te tramite la solicitud), pero conozco dos casos de personas que han trabajado 30 horas semanales (una de ellas solamente durante una semana) y les han quitado la prestación por Erte.

    En mi caso será sólo un día de jornada ordinaria (6,5 horas) en el que, además, no estaré dada de alta en mi empresa en Erte, porque ese día no trabajaría en mi empresa habitual. El cómputo total de horas semanales será 21,5.

  • RE: Erte y trabajar en otra empresa

    Anónimo ( 23/05/2020 0:54:35 )

    en el momento que te den el alta se cortará automáticamente el erte. tienes que solicitar reanudaciónpara reducir el erte en proporción al nuevo trabajo.

  • Cundo se cobraran los beneficios del ERTE correspondientes al mes de MAYO?

    Anónimo ( 18/05/2020 17:36:29 )

    Hola!
    Me confirma un amigo que no ha recibido las ayudas de ERTE perteneciente al mes de Mayo.
    Se sabe cuando lo recibirá o cuando está estipulado? Vive en Guipuzcoa
    gracias

  • Erte

    Anónimo ( 17/05/2020 20:20:10 )

    Hola. Me encuentro en situación de erte desde el pasado 14 de marzo. Pero tanto en el sepe como en la vida laboral consta que se me dio de alta en el ERTE el 21 de abril. Mi jefe dice que el error no es de ellos. A alguien más le ha pasado lo mismo? No me deja poner una queja en la página del sepe y llevo días intentando hablar con alguien por teléfono. No sé muy bien que hacer.

  • No ser el titular de la cuenta bancaria para el erte

    Anónimo ( 14/05/2020 18:03:19 )

    Hola llevo desde el 13 de marzo en un erte y mi empresa lo tiene aprobado.el numero de cuenta que facilite no soy el titular eso influye a la hora de cobrar..y en caso de ser así como se puede modificar el número de cuenta gracias

  • Hijos

    Anónimo ( 14/05/2020 8:44:19 )

    Por no se. Cobra el incremento de hijos a cargo por no superar los 50 euros de cuantía diaria y los que llegan a 52 si las cobran? El de 52 alomejor tiene un hijo y yo tres

  • RE: Hijos

    Anónimo ( 23/05/2020 0:59:39 )

    depende de la base de cotizacion

  • Erte

    Anónimo ( 11/05/2020 17:57:55 )

    Buenas tardes, soy trabajadora de una empresa pequeña, somos dos mi compañera y yo.
    Nos dice la directora que le dieron aprobación el 16 de marzo.
    ¿Es normal que no hayamos cobrado?
    Gracias un saludo

  • ERTE

    Anónimo ( 11/05/2020 11:31:40 )

    enpresa bat ERTE-an dagoen bitartean kontrato berriak egin ditzake?enpresa ERTE-an dagoen bitartean ezin duela inor kaleratu, baina norbaiti ERTE-an dagoen bitartean, kontratoa amaitzen baldin bazaio berriro kontratu beharko luke enpresak? Zergatik?

  • ERTE

    Anónimo ( 11/05/2020 11:30:41 )

    enpresa bat ERTE-an dagoen bitartean kontrato berriak egin ditzake?enpresa ERTE-an dagoen bitartean ezin duela inor kaleratu, baina norbaiti ERTE-an dagoen bitartean, kontratoa amaitzen baldin bazaio berriro kontratu beharko luke enpresak? Zergatik?

  • Reduccion jornada antes de erte

    Anónimo ( 08/05/2020 17:04:15 )

    Buenas tardes. Mi situación es la siguiente:
    Justo dos días antes del estado de alarma, me redujeron la jornada por motivos económicos en mi empresa.
    Hoy vi que ya teníamos el erte aceptado y en la cuantía no estoy conforme, porque en teoría decían que se cobraba en base a lo ganado los 180 últimos días, y a mi me quieren pagan en base a la media jornada. Esto está bien? O será error del SEPE?
    Me parece muy injusto que por dos días, tenga que ganar en relación que esa media jornada cuando los últimos seis meses he estado trabajando y cotizando en función a jornada completa.
    Muchas gracias de antemano

  • Reduccion jornada antes de erte

    Anónimo ( 08/05/2020 17:02:02 )

    Buenas tardes. Mi situación es la siguiente:
    Justo dos días antes del estado de alarma, me redujeron la jornada por motivos económicos en mi empresa.
    Hoy vi que ya teníamos el erte aceptado y en la cuantía no estoy conforme, porque en teoría decían que se cobraba en base a lo ganado los 180 últimos días, y a mi me quieren pagan en base a la media jornada. Esto está bien? O será error del SEPE?
    Me parece muy injusto que por dos días, tenga que ganar en relación que esa media jornada cuando los últimos seis meses he estado trabajando y cotizando en función a jornada completa.
    Muchas gracias de antemano

  • erte

    Anónimo ( 08/05/2020 11:10:30 )

    Hola, soy autónomo societario de una empresa, por otra parte trabajo en otra empresa en régimen general de la cual han echo un ERTE, mi pregunta es si a mi me pertenece el ERTE aunque sea autónomo societario de la otra empresa. Un saludo y muchas gracias.

  • Facturación durante erte

    Anónimo ( 07/05/2020 23:42:03 )

    Hola.
    La empresa en la que trabajo hizo un Erte a 8 de los 10 trabajores de la empresa por causa de fuerza mayor.
    El caso es que se está facturando el doble que los mismos meses del año pasado .
    Me gustaría saber si esto puede acarrear sanción .
    Gracias

  • Erte reducción jornada y baja maternidad

    Anónimo ( 07/05/2020 17:53:01 )


    Hola, buenas tardes. Mi duda es la siguiente:
    He estado de ERTE por suspensión hasta hoy que empecé con una midificación de reducción de jornada del 50%. En un par de meses voy a dar a luz, principios de julio, y mi duda es como se va a calcular la prestación de la baja e maternidad: si en base a mi base reguladora de jornada completa, la ultima nómina antes del erte, o la última nomina a media jornada dentro del erte.
    Muchas gracias

  • RE: Erte reducción jornada y baja maternidad

    Anónimo ( 20/05/2020 7:36:46 )

    Cuando estás en ERTE o Paro la base de cotización se mantiene respecto a los meses anteriores.
    Si ahora te incorporas al 50% al trabajo, cotizas el otro 50% por el Paro/Erte, así que la base total será la misma.

  • RE: Erte reducción jornada y baja maternidad

    Anónimo ( 10/05/2020 12:25:28 )

    Sera en base al sumatorio de la mitad de tu jornada laboral

  • Erte reduccion jornada y baja maternidad

    Anónimo ( 07/05/2020 17:51:36 )


    Hola, buenas tardes. Mi duda es la siguiente:
    He estado de ERTE por suspensión hasta hoy que empecé con una reducción de jornada del 50%. En un par de meses voy a dar a luz, principios de julio, y mi duda es como se va a calcular la prestación de la baja e maternidad: si en base a mi base reguladora de jornada completa, la ultima nómina antes del erte, o la última nomina a media jornada dentro del erte.
    Muchas gracias

  • Dos trabajos en erte

    Anónimo ( 07/05/2020 14:40:51 )

    Tengo dos trabajos, uno a 36 horas y otro parcial de fines de semana. En ambos me han realizado ERTE. He cobrado la prestación y es más baja de lo que correspondía. En la carta recibida de mi solicitud pone que el % del contrato a tiempo parcial que compatibiliza con la prestación es de 22,50 y eso me baja la cuantía diaria. Quiere decir algo?

  • Dudas Erte

    Anónimo ( 06/05/2020 21:04:16 )

    Buenas, mi situación es que estoy en un Erte por covid 19, y mi duda es si trabajo durante un mes en otra empresa y después vuelvo al paro, sigo con las mismas condiciones del erte? O ya me descontaría paro? Muchas gracias de antemano.

  • Flexibilización desafección ERTES fuerza mayor

    Anónimo ( 05/05/2020 13:32:06 )

    En relación con las medidas de flexibilización de los ERTE, nos hemos encontrado con que el SEPE ayer le dijo a mi compañera de laboral que solo iban a admitir un cambio. Entiendo la posición del SEPE para evitarse trabajos de cálculos de importes de despido en los casos en los que pueda haber numerosos cambios, pero creo que eso es incompatible a las medidas de flexibilización adoptadas por el Gobierno por lo que no se cómo se podrá conciliar dicha situación.

    Por ejemplo, se puede dar el caso de que se desafecte la plantilla, pongamos que en un 70% de actividad y después se vea que no hay tanta actividad y convenga reducirla a un 50%. Esto serían dos cambios y según lo dicho por el SEPE solo cabría la primera desafectación.

    Además tenemos la duda de si se desafecta al 100% de la plantilla si esto implica automáticamente la renuncia o desistimiento del ERTE o si se podría volver a afectar a la plantilla en parte o al 100%, según las condiciones reales de trabajo.

    Os agradecería si alguien lo tiene más claro que me lo indique.

    Aprovecho para daros las gracias a EAL por el esfuerzo supremo que habéis hecho durante todo este tiempo en mantenernos informados puntualmente. Araceli Cámara

  • COMPLEMENTO SALARIAL ERTE

    Anónimo ( 01/05/2020 11:14:52 )

    Buenos días,
    Hemos procedido a realizar un ERTE por causas organizativas y económicas a 5 trabajadores,y nos solicitan que complementemos la prestación obtenida del SEPE hasta el importe del salario que tenían.
    Este complemento que naturaleza tendría? no se puede considerar como salario, no al no haber una prestacion de servicios, se trataría de una indemnización? Habria que cotizar a la seguridad social por los importes complementados?Gracias

  • De SUSPENSION a REDUCCION DE JORNADA en ERTE

    Anónimo ( 29/04/2020 17:20:38 )

    Si una empresa tiene estimado un ERTE por FUERZA MAYOR con SUSPENSION de contratos, se podrían modificar las condiciones de esos trabajadores y pasar a REDUCCION DE JORNADA? Como habría que informar de estos cambios al Gobierno Vasco y al SEPE?

  • de ERTE con SUSPENSION a ERTE con REDUCCION DE JORNADA

    Anónimo ( 29/04/2020 17:17:21 )

    Si una empresa tiene estimado un ERTE por FUERZA MAYOR con SUSPENSION de contratos, se podrían modificar las condiciones de esos trabajadores y pasar a REDUCCION DE JORNADA? Como habría que informar de estos cambios al Gobierno Vasco y al SEPE?

  • Teletrabajo

    Anónimo ( 28/04/2020 15:34:05 )

    Si has estado teletrabajando durante todo el estado de alarma, puede la empresa denegarte el teletrabajo una vez que este termine, sobre todo si se tiene a cargo a un menor de 12 años?

  • SUBVENCION LANBIDE

    Anónimo ( 15/04/2020 19:48:35 )

    La subvencion de Lanbide (3.000.000 euros) se ha publicado hoy, el plazo de presentación empieza al dia siguiente.
    Tengo varias preguntas:
    El dia siguiente es hoy a las 12 de la noche?
    Al parecer lo van a resolver por "orden de presentación". A las doce de la noche empiezan a aceptar solicitudes?
    Esto si que es de locos

  • Autonoma, perdida actividad

    Anónimo ( 15/04/2020 8:55:16 )

    Soy una autónoma, que me dedico a varias actividades. He tenido que cerrar el estudio de bellas artes, las clases, pero no llega mi pérdida de ingresos al 75%. ¿Tengo derecho a pedir préstamos sin interés o algún tipo de ayuda?

  • RE: Autonoma, perdida actividad

    Anónimo ( 15/04/2020 9:09:20 )

    Los autónomos pueden pedir el PARO DE AUTÓNOMOS - CESE DE ACTIVIDAD por dos causas extraordinarias
    • Una por SUSPENSIÓN DE ACTIVIDAD , es decir su actividad queda recogida en el RD 463 como una de las que deben de cesar y que están traspasadas unos CNAE ( CÓDIGO NACIONAL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS ) que figuran en su alta del INSS Ejemplo BARES Y RESTAURANTES CNAE 5630 . Estos CNAEs ( adjunto enlace ) pueden hacer la solicitud en su entidad colaboradora MUTUA , es sencillo y solo deben adjuntar copia del DNI .
    • Otra por REDUCCIÓN DE SU FACTURACIÓN EN UN 75% , la solicitud es la misma y también se hace a través de su MUTUA .

    Teniendo varias actividades, si tiene derecho a estas dos prestaciones aunque sea Pluriactiva , siempre que cotice en el RETA .

    La parte de los prestamos sin interés o alguna otra ayuda , solo puedo decirle que acuda a su entidad financiera , al ICO , a LANBIDE etc

    Adjunto documentos que pueden ayudar .
    https://www.egarsat.es/actualizacion-preguntas-frecuentes-prestacion-extraordinaria-por-cese-de-actividad-covid-19/

    https://www.egarsat.es/prestacion-extraordinaria-cese-de-actividad-covid-19/
    "

  • FECHA FIN DE LOS ERTES

    Anónimo ( 14/04/2020 20:12:07 )

    Os han aceptado algún ERTE sin concretar la fecha de finalización? Cómo lo habéis indicado?

  • RE: FECHA FIN DE LOS ERTES

    Anónimo ( 18/04/2020 9:53:05 )

    encontraste respuesta? nosotros también tenemos la duda porque nos vienen las resoluciones con fecha fin prestación 14/04/2020 y nos han informado, sin documentación, que van a prorrogar automaticamente la prestación, pero claro, no sabemos si debemos enviar los certificados de empresa y no logramos contactar con el SEPE

  • Agencia tributaria y plazos

    Anónimo ( 14/04/2020 15:22:09 )

    La Hacienda Foral de Bizkaia ha aplazado el plazo para la presentación de declaraciones del 1 trimestre (IVA, retenciones etc) hasta el 1 de junio
    La pregunta es: La Agencia Tributaria?

  • RE: Agencia tributaria y plazos

    Anónimo ( 15/04/2020 12:43:02 )

    En el día de hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, en virtud del cual “los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.”


    La medida no alcanza a entidades incluidas en grupos fiscales efectos del Impuesto sobre Sociedades, o en grupos de entidades de IVA.

  • Empresa suministros industriales

    Anónimo ( 08/04/2020 11:45:28 )

    Una empresa de suministros industriales ha cerrado como consecuencia del decreto del 29 de marzo y quiere saber si puede continuar realizando la actividad dado que ofrece suministros a diversas empresas del puerto de Bilbao que se encuentran abiertas porque realizan servicios esenciales. Dichas empresas le están solicitando pedidos pero les han comunicado que la empresa se encuentra cerrada por el decreto. Necesitan saber si bajo estas circunstancias pueden seguir trabajando y abrir el centro de trabajo. Así mismo, si necesitan de algún documento que pudiera justificar su apertura ante las autoridades.

  • RE: Empresa suministros industriales

    Anónimo ( 16/04/2020 9:50:46 )

    "La redacción del decreto es muy ambigua pero podría acogerse al punto 5 del anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo

    “5. Aquellas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales recogidas en este anexo”

    Es decir si tiene que suministrar a una empresa esencial, que por lo tanto permanece abierta, puede trabajar. Recomendaría que tuviera la solicitud del cliente por escrito para poder justificarlo y que la medida sea acorde con las necesidades..

  • Alquiler pabellón

    Anónimo ( 08/04/2020 11:42:57 )

    Nos gustaría saber que se puede realizar con las facturas de alquiler del Pabellón (centro de trabajo de la empresa) en el periodo de Estado de Alarma.
    En este caso, la dueña del Pabellón es una persona física, no es una entidad, inmobiliaria, ….. y aun estando sin actividad nuestra empresa desde Marzo, y/o con plantilla mínima , sigue enviando las facturas de cada mes.
    ¿Qué podemos hacer? Que es lo que están realizando otras muchas empresas que se encuentran en la misma situación que nosotros?

  • RE: Alquiler pabellón

    Anónimo ( 16/04/2020 9:53:54 )

    Las medidas extraordinarias en materia económica dictadas por el ejecutivo a raíz de la crisis sanitaria del COVID-19 no contemplan esta situación de manera que, en principio, tu obligación es seguir pagando la renta. Las empresas están intentando llegar a acuerdos con los dueños de los locales de aplazamiento de los pagos o incluso la reducción del alquiler durante esta crisis. Pero se trata de un acuerdo entre las partes. De todas maneras, habría que revisar el contrato por si existiera alguna clausula específica donde se prevea la forma de actuar en situaciones de emergencia o de fuerza mayor.

  • ERTE Tiempo Parcial

    Anónimo ( 07/04/2020 13:18:13 )

    Una persona que está a tiempo parcial y su empresa entra en erte. Podrían contratarla en otra durante este periodo a tiempo parcial y cobrar el desempleo de la empresa en erte??

  • RE: ERTE Tiempo Parcial

    Anónimo ( 16/05/2020 11:01:13 )

    Según la página del Sepe es totalmente combinable si el nuevo empleo es a tiempo parcial, si embargo, buscando información al respecto he leído ya dos casos (ambos contratados a 30 horas semanales, uno por un mes y otra por una semana), que perdieron su prestación por erte. El chico comenta que el Sepe le dijo explícitamente que no lo podía combinar.

    Yo estoy preocupada porque tengo prestación por erte con mi empresa y la semana que viene voy a trabajar en otra empresa, pero solamente un día (6,5 horas). Trabajo en régimen de artistas y siempre combino mi trabajo con otros muchos; pero ahora tengo miedo de perder mi prestación por ERTE por trabajar solamente un día, cosa que, creo, sería injusta.

  • RE: ERTE Tiempo Parcial

    Anónimo ( 16/05/2020 10:56:39 )

    El teoría se puede compatibilizar, aunque buscando información, he leído ya dos casos de personas que estando de ERTE, fueron contratadas en otra empresa con jornada de 30 horas semanales (un chico por un mes y una chica por una semana) y han perdido su prestación por ERTE, en el caso del chico el SEPE le contestó explícitamente que no podía combinarlo.

    Yo estoy preocupada porque tengo la prestación por erte aprobada con mi empresa de siempre y la semana que viene voy a trabajar un día puntual en otra empresa. Sería injusto, por trabajar un día, perder la prestación por ERTE, más cuando de normal siempre tengo otros muchos trabajos en paralelo (trabajo en régimen de artistas).

  • RE: ERTE Tiempo Parcial

    Anónimo ( 16/04/2020 9:52:46 )

    "Según el SEPE, si tienes suspendido el contrato por un ERTE, puedes realizar otra actividad laboral pero se perderá el derecho a percibir la prestación por desempleo.
    En el caso de que su colocación sea a tiempo parcial, puedes solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial, restándose de dicha prestación la parte proporcional al tiempo que trabajes.
    En el caso que planteas yo creo que seria posible la contratación a tiempo parcial por el tiempo no contratado y compatibilizarlo con el erte. Pero es verdad que habría que estudiar el caso concreto.

  • sepe certificado de empresa

    Anónimo ( 07/04/2020 13:08:48 )

    Hola buenas:
    Tengo un problema ya que estoy intentando enviar los certificados de empresa por certifica pero hay que poner fecha fin del ERTE ¿ que fecha de finalización se pone, ya que la fecha de fin en la ley pone que hay que poner en la que finaliza el estado de alarma y de momento no está decidido?
    Gracias por todo
    Un saludo

  • sepe certificado de empresa

    Anónimo ( 07/04/2020 13:06:18 )

    Hola buenas:
    Tengo un problema ya que estoy intentando enviar los certificados de empresa por certifica pero hay que poner fecha fin del ERTE ¿ que fecha de finalización se pone, ya que la fecha de fin en la ley pone que hay que poner en la que finaliza el estado de alarma y de momento no está decidido?
    Gracias por todo
    Un saludo

  • APLAZAMIENTO ESPECIAL COVID BIZKAIA

    Anónimo ( 06/04/2020 20:52:56 )

    Buenas tardes,

    ¿Sabeís cómo se tramita por Bizkaibai el aplazamiento especial por el COVID? Las dos veces que me han cogido en hacienda me han dado respuestas que luego al ir a hacerlo no eran correctas.

    Gracias

  • RE: APLAZAMIENTO ESPECIAL COVID BIZKAIA

    Anónimo ( 24/04/2020 23:40:02 )

    Entrando en aplazamientos como siempre, han creado una opción que pone aplazamiento por COVID19

  • ¿Que se entiende por "Ingresos netos" en el RD 11/2020?

    LUIS MARIA ALBIZU JAYO ( 06/04/2020 19:45:44 )

    En el 2. El importe de los derechos consolidados disponible no podrá ser superior a:
    a) Los salarios dejados de percibir mientras se mantenga la vigencia del expediente
    de regulación temporal de empleo para el supuesto previsto en el apartado 1.a).
    b) Los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga
    la suspensión de apertura al público para el supuesto recogido en el apartado 1.b).
    c) Los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se
    mantenga la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 para el supuesto
    recogido en el apartado 1.c).

  • ERTE e IT

    Anónimo ( 06/04/2020 18:26:14 )

    Tenemos tramitado expediente de regulación de empleo por fuerza mayor desde el día 16 de una mercantil sociedad limitada unipersonal , en la que su único socio, propietario y administrador está afectado por la enfermedad y en la UCI, y por contacto directo procedieron a coger la baja de IT todos los trabajadores también el día 16 de marzo
    A los trabajadores les han ido dando el alta por lo que la duda que tenemos es
    1- La empresa se puede bonificar los seguros sociales de los trabajadores en el periodo en el que están de baja de IT habiendo tramitado ERTE
    2- Los trabajadores cobraran del desempleo desde el día de tramitación erte (16 de marzo) o desde la fecha de alta en IT?

  • RE: ERTE e IT

    Anónimo ( 07/04/2020 11:01:09 )

    1.- La IT que también suspende el contrato como el ERTE que se ha tramitado, teniendo prioridad sobre el ERTE. Yo entiendo que ya está de baja cuando presenta el ERTE. Por lo que cobrará como pago delegado en el importe de la prestación por IT. En relación a los seguros sociales tendrá que pagarlos con la deducción del pago delegado.
    2.-Una vez finalizada la IT, todo volverá a la normalidad en relación al ERTE.


    Adjunto esta comunicación por si puede ayudar:

    El SEPE nos confirma que:
    o Si el trabajador/a se encuentra en situación de incapacidad temporal (IT) o de maternidad o paternidad, y le incluyen en un procedimiento de regulación de empleo de suspensión o reducción de jornada, no le afectarán sus medidas hasta que presente el alta médica o finalice el periodo de descanso por maternidad o el permiso por paternidad.
    o Si durante la vigencia del procedimiento de regulación de empleo, y por tanto, mientras percibe la prestación por desempleo, se iniciara:
    - La situación de incapacidad temporal por contingencias comunes: el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por delegación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), le abonará la prestación por incapacidad temporal, cuya cuantía será igual a la prestación por desempleo, con el consumo correspondiente de días de prestación.

  • ¿Posible trabajar en Semana Santa?

    Anónimo ( 06/04/2020 16:32:23 )

    ¿Una vez levantado el día 9 el decreto de actividades imprescindibles, una empresa industrial pueden volver a trabajar con normalidad? ¿Lo pueden hacer los 5 días de fiesta de semana santa, ya que están con unos pedidos en curso y creen que podrían llegar a un acuerdo con los trabajadores para recuperar las horas perdidas esos días?

  • RE: ¿Posible trabajar en Semana Santa?

    Anónimo ( 06/04/2020 18:07:25 )

    "Los días de Semana Santa son días festivos según el calendario laboral. Tendría que ser negociados con los trabajadores y de ninguna forma impuestos.
    De todas formas hay que tener en cuenta si se podría aplicar durante este periodo hasta el día 9 de abril el art. 4 del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo,
    “Artículo 4. Actividad mínima indispensable. Las empresas que deban aplicar el permiso retribuido recuperable regulado en este artículo podrán, en caso de ser necesario, establecer el número mínimo de plantilla o los turnos de trabajo estrictamente imprescindibles con el fin de mantener la actividad indispensable. Esta actividad y este mínimo de plantilla o turnos tendrá como referencia la mantenida en un fin de semana ordinario o en festivos".

  • Trabajos de reforma. Local vacio

    Anónimo ( 06/04/2020 16:29:09 )

    Soy un promotor y me gustará saber si el gerente puede trabajar para hacer nóminas, buscar financiación,…. eso incluye trabajos en interior de alguna obra donde no haya ninguna persona? Se me ocurre porque tenemos una reforma parada donde no hay nadie trabajando.

  • RE: Trabajos de reforma. Local vacio

    Anónimo ( 06/04/2020 18:08:31 )

    "El Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo establece un permiso de carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), para todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que prestan servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan las actividades no esenciales calificadas como tales en el anexo que acompaña al propio Real Decreto-ley.
    El permiso retribuido recuperable, únicamente resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta ajena. Por tanto, las personas trabajadoras por cuenta propia quedan fuera de su ámbito de aplicación, toda vez que no podría hacerse efectiva ni la contraprestación económica ni la recuperación de horas.
    Por lo que si dicho gerente de la construcción es un trabajador por cuenta ajena, no esta autorizado a trabajar a excepción del teletrabajo. Por el contraria si se trata de un trabajador por cuenta propia si estaría autorizado a trabajar".

  • Economista

    Anónimo ( 06/04/2020 13:44:02 )

    ¿Por que las entidades financieras no dan información concreta de las condiciones de los préstamos? Piden información al cliente para tener todo listo para firmar..... y la información de lo que tienen previsto que firmen?
    Las prisas no son buenas para la negociación

  • MORATORIA DE PAGO AUTONOMOS

    Anónimo ( 06/04/2020 12:44:40 )

    Hola,


    ¿Sabéis si ya han habilitado en Sistema Red la solicitud de la moratoria de pagos de autónomos? Como dicen que es hasta el día 10 de cada mes que se puede pedir y estamos a día 6....

    Eskerrik asko!

  • RE: MORATORIA DE PAGO AUTONOMOS

    Anónimo ( 07/04/2020 11:37:11 )

    Hola! Aún no hemos conseguido aclararlo con la Seguridad Social. Además, también tenemos dudas sobre si las empresas pueden solicitar el aplazamiento de los SS que pagarán a finales de abril, devengados en Marzo. ¿Se pueden aplazar o no?

  • Gestión ERTE

    Anónimo ( 03/04/2020 13:46:09 )

    Le gustaría saber si podemos informarles de si los ERTE se están gestionando más o menos con agilidad.

  • RE: Gestión ERTE

    Anónimo ( 03/04/2020 13:47:23 )

    Según la información que yo tengo no se están gestionando con normalidad. Están tardando en dar respuesta.

  • Plazos finalizar ERTE

    Anónimo ( 03/04/2020 13:43:13 )

    Respecto a  no ser actividad esencial, se puede pedir un erte durante estos días? y si luego el 9 te dejan trabajar?

  • RE: Plazos finalizar ERTE

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 03/04/2020 14:02:25 )

    Se puede pedir durante todo el estado de alarma y pararlo cuando termine el estado de alarma.

  • Moratoria Seguros Sociales

    Anónimo ( 03/04/2020 13:42:19 )

    Con respecto a la moratoria en el pago de los seguros sociales, como se supone que se va a hacer? Lo pedimos o nos lo conceden de oficio? Y si lo pedimos, ¿Cómo y cuanto tiempo? Hay que pagar en plazos o simplemente es un aplazamiento durante un tiempo, lo cual supone que luego se paga de golpe los retrasos?

  • RE: Moratoria Seguros Sociales

    Anónimo ( 03/04/2020 13:50:11 )

    El art 34 del Rel Decreto 11/2020, dice lo siguiente: Se habilita a la Tesorería General de la Seguridad Social a otorgar moratorias de seis meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, que lo soliciten y cumplan los requisitos y condiciones que se establecerán mediante Orden del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La moratoria en los casos que sea concedida afectará al pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, cuyo período de devengo, en el caso de las empresas esté comprendido entre los meses de abril y junio de 2020 y, en el caso de los trabajadores por cuenta propia entre mayo y julio de 2020, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido con ocasión del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Las solicitudes de moratoria deberán presentarse, en el caso de empresas, a través del Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social.

  • ERTE. Futuros despidos

    Anónimo ( 03/04/2020 13:40:11 )

    Si solicitamos un ERTE y más adelante (Julio) despedimos a gente, ¿qué puede ocurrir?

  • RE: ERTE. Futuros despidos

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 03/04/2020 14:03:15 )

    No es posible despedir a ningún trabajador hasta que hayan pasado 6 meses desde la finalización del ERTE. Se podrçian contemplar otros escenarios como Concurso, Cierre, otro ERE de extincion,....

  • ERTE. Trabajar dueno y gerente

    Anónimo ( 03/04/2020 13:36:49 )

    En una empresa que está en ERTE, el dueño y gerente con la situación actual, ¿puede ir a trabajar a la fábrica? Tiene que realizar actuaciones administrativas y de gestión, especialmente pagar nóminas y gestionar financiación.

  • RE: ERTE. Trabajar dueno y gerente

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 03/04/2020 14:06:49 )

    No hay ningún problema en que vaya a trabajar, debe de llevar el salvoconducto que diga donde va y si pone expresamente que va a hacer las nominas, mejor.

  • Impagos de Clientes

    Anónimo ( 03/04/2020 13:34:42 )

    ¿Cómo afrontar los problemas de impagos de clientes?

  • RE: Impagos de Clientes

    JESUS MARIA BUISAN MARTIN ( 03/04/2020 14:10:05 )

    Va depender de la tipología de la actividad, del perfil de sus clientes y sus importes de cobro; pues no es lo mismo, por ejemplo, un pedido único y puntual de gran volumen, a un pedido repetitivo y de poco importe, y otras posibles casuísticas. A ello, hay que añadir que la situación actual provocada por el COVID19, puede provocar situaciones de falta de liquídez temporal, que en función de su impacto en la actividad de la empresa concreta, podria derivar a situaciones más graves de insolvencia. Aunque es un tema muy complejo y amplio, voy a trasladar algunas ideas: En general con un nuevo cliente se debe de realizar un analisis que contemple su nivel de riesgo. También se puede trabajar con una compañia aseguradora del riesgo comercial. En las normas contractuales y formas de pago, establecer en la medida de la posible las formas de garantizar el control y cobro. Esto es más importante en pedidos puntuales de gran volumen. Si ya se ha producido el impago, lo primero es conseguir información para analizar si el mismo se debe a una situación de falta de liquídez temporal; o bien obedece a un problema más grave de insolvencia. Si la situación es temporal, nuestra actitud debe ser más colaborativa (con lo cual quedamos bien con el cliente y lo tendrá en cuenta en el futuro), pudiendo ofrecer flexibilidades a la vez que obtener algún tipo de garantía y/o reconocimiento de deuda complementario. Si la situación puede llevar a situación de insolvencia conviene impedir el aumento del riesgo y usar nuestras contrapartidas para intentar paliar algo el impago, por ejemplo, estructurando un plan de pagos y una cuantía anticipadamente; a la vez que obtener garantias y reconocimientos. Es importante revisar la documentación (contrato, albaranes, facturas, recibos devueltos, emails, estructura de pagos, etc.) que nos puedan ser útiles para reforzar nuestra posición así como si llegado el caso hay que ir por la vía judicial. En este último caso, enviar las correspondientes notificaciones y requerimientos con validez jurídica. Ante la no solución y/o incumplimento de lo acordado, no demorar y poner en marcha la reclamación por la vía judicial, con el correspondiente preaviso del abogado encargado del caso. Por último, hay que revisar el impacto en nuestra contabilidad y finanzas, no solo del impago puntual sino también de otros posibles ligados al cliente puntual. Si además estos impagos se van extendiendo en una posible situación de crisis global, habrá que analizar cuidadosamente la posible situación de falta de liquídez que puede provocar a nuestra propia empresa; y plantear un plan de actuación, y llegado el caso de viabilidad.

  • Cuota Autónomos en una Sociedad Limitada

    Anónimo ( 03/04/2020 13:33:56 )

    Tiene la Seguridad Social alguna medida para la Cuota de Autónomos del Empresario en una SL.

  • RE: Cuota Autónomos en una Sociedad Limitada

    Anónimo ( 03/04/2020 14:08:26 )

    Los autónomos pueden cobrar el 70% de la base reguladora durante un mes o hasta le ultimo día del mes en el que finalice el estado de alarma y no pagar la cuota de autónomos, siempre que se hayan visto forzados al cierre por RD 463/2020 o bien su facturación sea un 75% menor a la media del semestre anterior. Tienen que estar en alta con anterioridad a la declaración de estado de alarma y al corriente de pago, si tienen deuda se les conceden 30 días para el pago de la misma. Esta prestación es incompatible con cualquier otra prestación de la Seguridad social. No necesario acreditar periodo mínimo de cotización. Articulo 17 del Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo. Ya están en las paginas web de las entidades colaboradoras de la seguridad social MUTUAS , los documentos unificados para la solicitud de la PRESTACION DE CESE DE ACTIVIDAD DE TRABAJADORES AUTONOMOS (CATA) de una manera muy simplificada .

  • Emitir Facturas estando en ERTE

    Anónimo ( 03/04/2020 13:32:21 )

    Si hago un ERTE completo, no puedo facturar ninguna factura? Es decir, tengo facturación recurrente que facturo mensualmente, si cierro, puedo o no pueden emitir facturas?

  • RE: Emitir Facturas estando en ERTE

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 03/04/2020 14:04:46 )

    Si el ERTE no es de toda la plantilla, se podrá seguir con parte de la actividad y por lo tanto si se podrá facturar los servicios que ofrece la parte de la plantilla que está desarrollando su trabajo.

  • NOTA ACLARATORIA DGT

    AITOR ZUBIZARRETA UNCETA ( 03/04/2020 12:56:52 )

    La Direccion General de Trabajo ha emitido la nota que adjunto, por lo que entiendo que es posible tramitar un ERTE por fuerza mayor, SOLO si se debe a la paralización e interrupción de la actividad causada por el Real Decreto-Ley 10/2020, y siempre limitado a la duración de la misma (por ahora, el 9 de abril de 2020). ¿Entendéis lo mismo?

    Más Información

    • documentopdf CRITERIO DGT

  • Presentación Libros en el Registro Mercantil

    Anónimo ( 03/04/2020 12:45:16 )

    ¿el registro mercantil va a aplazar la presentación de libros?, Como toca el mes que viene.

  • RE: Presentación Libros en el Registro Mercantil

    Anónimo ( 03/04/2020 12:46:17 )

    Se prorrogan. La legalización de los libros en el Registro Mercantil, no se contempla expresamente en el RDl8 /2020, pero considerando la suspensión general de los plazos ordinarios y particularmente la del plazo para formulación de cuentas, con la que está relacionado el plazo límite para legalización de libros, debe interpretarse que también éste queda suspendido hasta el final del mes siguiente al plazo límite para la formulación de cuentas. Por lo que el plazo resultante sería el de cuatro meses desde la finalización del estado de alarma o sus prórrogas. (Criterio del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España).

  • Ayudas contratación

    Anónimo ( 03/04/2020 12:43:06 )

    Tramitación ERTE si llega el caso y como activas baja de un trabajador. No hay una baja física. Le gustaría saber si las ayudas a la contratación están abiertas, se abrirán como siempre.

  • RE: Ayudas contratación

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 03/04/2020 14:05:37 )

    En el documento de solicitud de propio ERTE ya constan los nombres de los trabajadores a los que les va a afectar esta nueva situación. Una vez concedido el ERTE (5 dias hábiles tras su presentación) hay que mandar un movimiento a Seguridad Social, de variación de datos, de los trabajadores afectados, certificado de empresa al SEPE y listado de trabajadores afectados al SEPE

  • Debo comunicar el silencio administrativo?

    Anónimo ( 03/04/2020 11:55:18 )

    Buenos días,

    He presentado un ERTE en la página del Gobierno Vasco (http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/l61aEresWar/busquedaexpedientes/expediente) el día 20 de marzo.
    Han asignado número de expediente y a fecha de hoy no he obtenido respuesta.
    Hoy pasa el plazo de 5 días hábiles des de la Orden Publicada el 28 de marzo, por lo que se considera silencio administrativo positivo en la resolución del ERTE.
    ¿Debo comunicar el silencio administrativo yo a algún sitio?, Si es así cómo y dónde lo hago?
    La empresa para la que lo he realizado hace un cierre del 100% con suspensión de actividad para todos y tiene menos de 50 trabajadores. ¿debo aplicar la suspensión total con exoneración total de cuotas?

    Quedo pendiente de respuesta

  • Enviar al SEPE los archivos Excel de solicitud colectiva de ERTES covid-19

    Anónimo ( 02/04/2020 14:24:17 )

    Alguien sabe cual es la dirección de correo electrónico de la Dirección Provincial del SEPE en Bizkaia a la que hay que enviar las solicitudes.
    Con la información de la guía de uso y la farragosa página web del SEPE no he conseguido encontrarlo

  • RE: Enviar al SEPE los archivos Excel de solicitud colectiva de ERTES covid-19

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 02/04/2020 18:15:24 )

    Buenas tardes, adjunto la hoja informativa, donde pone la dirección Un saludo

    Más Información

    • documentopdf hoja SEPE

  • Entrega de muebles

    Anónimo ( 02/04/2020 10:51:45 )

    Una empresa de muebles se cuestiona: tienen muebles para entregar, entre ellos camas articuladas, sólo hay un autónomo y el resto están en régimen general. Ve que Amazón está entregando sin problemas muebles que son de su competencia pero él no puede entregar porque necesita 2 personas para moverlos,. podría hacer entregas? Cómo de be justificarlo para evitar multas?

  • RE: Entrega de muebles

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 02/04/2020 18:27:19 )

    Buenas tardes, yo diría que ateniéndonos al Real Decreto-ley 10/2020 de 29 de marzo, para que el trasporte se pueda hacer debería ser para una actividad recogida en el anexo. Adjunto documento que deberían cumplimentar.

    Más Información

    • documentopdf documento para trabajadores

  • FIN CONTRATO DURANTE UN ERTE

    Anónimo ( 01/04/2020 22:31:23 )

    Cómo se actúa cuando a un trabajador se le termina el contrato durante el ERTE? No sé si estoy en lo cierto, yo haría: primero el subsidio por desempleo del ERTE (tramitado por la empresa) y a partir del fin de contrato el subsidio por desempleo ordinario (tramitado por el trabajador a través del link que hay en la página del SEPE). GRACIAS!

  • ertes excel?

    LUIS HIDALGO SANTAMARIA ( 01/04/2020 17:20:52 )

    en la pagina del SEPE aparece ahora este mensaje. es nuevo de hoy??? vaya lio

    Suspensión de plazos: no se recortan derechos por presentar solicitudes fuera de plazo
    Ante la situación excepcional que se está atravesando, nadie va a perder ningún derecho por presentar una solicitud fuera de plazo. Se considerarán en plazo las solicitudes presentadas por cualquier cauce durante el periodo en que estén vigor las medidas específicas para este periodo

  • SOLICITUD DEMANDANTE EMPLEO (PRESTACIÓN DESEMPLEO ERTE COVID-19)

    Anónimo ( 01/04/2020 14:13:55 )

    Los empleados afectados por ERTE debido al COVID-19, ya sea por suspensiones de jornada o reducciones de jornada de trabajo (no hay rescisiones de contrato) , para poder percibir la prestación de desempleo, ¿Deben darse de alta como demandantes de empleo en LANBIDE?

  • RE: SOLICITUD DEMANDANTE EMPLEO (PRESTACIÓN DESEMPLEO ERTE COVID-19)

    Anónimo ( 02/04/2020 8:47:04 )

    En la web de Lanbide han publicado esto:

    La inscripción en Lanbide no es obligatoria para la tramitación de las prestaciones derivadas de los ERTEs
    Fecha de publicación: 01/04/2020

    Lanbide.
    En la conferencia sectorial de empleo celebrada el día 1 de abril de 2020 el Director General del SEPE se ha comprometido a tramitar las prestaciones de los ERTE´s sin exigir que las personas afectadas tengan inscrita su demanda en el Servicio de Empleo de su Comunidad Autónoma.

    En consecuencia, la inscripción de la demanda de empleo en Lanbide - Servicio Vasco de Empleo sólo será exigible para la solicitud de prestaciones en los supuestos derivados de otras vías que no sean ERTE

  • RE: SOLICITUD DEMANDANTE EMPLEO (PRESTACIÓN DESEMPLEO ERTE COVID-19)

    Anónimo ( 01/04/2020 20:56:43 )

    PRIMERO DIJERON QUE SI (LANBIDE) Y AHORA HAN DICHO QUE NO (LA PROPIA LANBIDE).........HABER QUE DICEN MAÑANA !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!.......ESTO ES UN PUTO CACHONDEO !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  • AUTONONOS

    Anónimo ( 01/04/2020 12:30:19 )

    ¿Sabéis si los autónomos pueden trabajar aunque no sean trabajos esenciales?? Y en caso de que puedan trabajar que papel tienen que llevar encima por si les paran?

    Eskerrik asko

  • ampliación plazo respuesta de ERTES ???????

    Anónimo ( 01/04/2020 11:34:31 )

    Algun@ sabéis si en Pais Vasco han ampliado el plazo de contestación a los ERTES por parte de la autoridad laboral??........En la web del Gobierno Vasco no veo nada, pero algunas asesorías están comentando que ha habido una ampliación del plazo a 10 días.
    En alguna otra comunidad si se ha ampliado el plazo de respuesta mediante decreto publicado en el boletín oficial correspondiente de la autonomía (ejemplo de asturias, publicado en el BOPA del 30 de Marzo, que han ampliado el plazo de respuesta de 5 a 10 días)

  • RETRASO PLAZO IMPUESTOS BIZKAIA MICROEMPRESAS Y PEQUEÑAS

    Anónimo ( 01/04/2020 11:19:36 )

    Buenos días,

    En nota de prensa de la página de la Diputación Foral de Bizkaia se publicó el día 26 de marzo que se aplaza la presentación de impuestos de autónomos, microempresas y pequeñas empresas aunque estén obligadas a presentar telemáticamente. Os envío el enlace:

    https://web.bizkaia.eus/es/web/area-de-prensa/noticias/-/news/detailView/20826?_News_redirect=https%3A%2F%2Fweb.bizkaia.eus%2Fes%2Fweb%2Farea-de-prensa%2Fnoticias%3Fp_p_id%3DNews%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26_News_departmentName%3D%26_News_cur%3D2%26_News_keywords%3D%26_News_startMonth%3D-1%26_News_startDay%3D0%26_News_startYear%3D0%26_News_delta%3D20%26_News_resetCur%3Dfalse%26_News_endYear%3D0%26_News_endDay%3D0%26_News_department%3D0%26_News_endMonth%3D-1%26_News_fileType%3D0.

    Me han dicho desde el teléfono de atención al publico de Hacienda que es así aunque no esté en el BOB porque no les da tiempo a publicar tantos cambios.

    ¿Alguien sabe algo más?

    Gracias

  • RE: RETRASO PLAZO IMPUESTOS BIZKAIA MICROEMPRESAS Y PEQUEÑAS

    Anónimo ( 01/04/2020 19:52:50 )

    Adjunto comunicado que acaba de enviar la Diputación Foral de Bizkaia

    Te escribimos para disculparnos por haberte enviado la información del calendario fiscal del mes de abril sin haberla adaptado a las medidas extraordinarias de extensión de plazos de vencimiento, que se han adoptado por razón del COVID19. Te informamos de que el plazo voluntario para la presentación de autoliquidaciones o de declaraciones para las personas físicas, las microempresas y las pequeñas empresas, definidas en el artículo 13 de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, se extenderá hasta el 1 de junio de 2020, inclusive, cuando dicho plazo finalice con anterioridad a dicha fecha. Y las entidades en régimen de atribución de rentas recibirán el mismo tratamiento que las personas físicas, salvo que todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas jurídicas. Te remitimos un enlace al Decreto Foral Normativo 1/2020, de 17 de marzo, y a la Instrucción 2/2020, de 23 de marzo, de la Dirección General de Hacienda, que lo desarrolla. En cuanto se publique en el Boletín Oficial de Bizkaia también te remitiremos la Orden Foral que establece estas medidas.


    https://www.bizkaia.eus/instrucciones/instruccion_2_2020_10_eu.pdf https://www.bizkaia.eus/instrucciones/instruccion_2_2020_10_es.pdf

    https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2020/03/18/I-225_eus.pdf https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2020/03/18/I-225_cas.pdf

  • RE: RETRASO PLAZO IMPUESTOS BIZKAIA MICROEMPRESAS Y PEQUEÑAS

    Anónimo ( 01/04/2020 19:50:07 )

    Adjunto comunicado que acaba de emitir la Diputación Foral de Bizkaia

    Te escribimos para disculparnos por haberte enviado la información del calendario fiscal del mes de abril sin haberla adaptado a las medidas extraordinarias de extensión de plazos de vencimiento, que se han adoptado por razón del COVID19. Te informamos de que el plazo voluntario para la presentación de autoliquidaciones o de declaraciones para las personas físicas, las microempresas y las pequeñas empresas, definidas en el artículo 13 de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, se extenderá hasta el 1 de junio de 2020, inclusive, cuando dicho plazo finalice con anterioridad a dicha fecha. Y las entidades en régimen de atribución de rentas recibirán el mismo tratamiento que las personas físicas, salvo que todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas jurídicas. Te remitimos un enlace al Decreto Foral Normativo 1/2020, de 17 de marzo, y a la Instrucción 2/2020, de 23 de marzo, de la Dirección General de Hacienda, que lo desarrolla. En cuanto se publique en el Boletín Oficial de Bizkaia también te remitiremos la Orden Foral que establece estas medidas.


    https://www.bizkaia.eus/instrucciones/instruccion_2_2020_10_eu.pdf https://www.bizkaia.eus/instrucciones/instruccion_2_2020_10_es.pdf

    https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2020/03/18/I-225_eus.pdf https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2020/03/18/I-225_cas.pdf

  • RE: RETRASO PLAZO IMPUESTOS BIZKAIA MICROEMPRESAS Y PEQUEÑAS

    Anónimo ( 02/04/2020 9:52:08 )

    Ya ha sido pubicado.
    https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2020/04/02/I-260_cas.pdf?hash=603d9cb09990f8991259e2323de74ad4

  • Documentacion ERTE fuerza mayor

    Anónimo ( 01/04/2020 10:14:16 )

    ¿Cómo justificar que el ERTE es por causa mayor, qué hay que presentar? (clientes y fábricas cerradas es suficiente?)

  • RE: Documentacion ERTE fuerza mayor

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 01/04/2020 17:12:06 )

    Se debe realizar un memoria que recoja la justificación de la petición del expediente de regulación de empleo.
    Desde el Colegio te proporcionamos el siguiente modelo

  • RE: Documentacion ERTE fuerza mayor

    Anónimo ( 03/04/2020 13:49:25 )

    https://mcusercontent.com/18b89cb3cff219530ef0edcff/files/6829b3ed-8014-4e29-bb26-fec5184f0e0e/20200323_Pasos_para_presentar_un_ERTE.01.pdf

  • Diferencias ERE y despido causas objetivas

    Anónimo ( 01/04/2020 10:13:27 )

    Si lamentablemente el trabajo desciende y me olvido del ERTE, que diferencia hay entre un ERE y un despido por causas objetivas de 20 días?

  • RE: Diferencias ERE y despido causas objetivas

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 01/04/2020 17:14:16 )

    o Un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), es un procedimiento de carácter especial dirigido a suspender o extinguir las relaciones laborales cuando concurran determinadas causas justificativas de índole económica, técnica, organizativa, de producción o de fuerza mayor. En tales casos, se iniciará un ERE para la tramitación de las siguientes extinciones o suspensiones de contrato de trabajo: • Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando, en un periodo de 90 días la extinción afecte al menos a: - Diez trabajadores en las empresas de menos de 100 trabajadores. - El 10% de la plantilla en las empresas que ocupen entre 100 y 300 trabajadores. - Treinta trabajadores en las empresas que ocupen 300 ó más trabajadores. - Cese total de la actividad empresarial por las mismas causas anteriormente descritas, cuando afecte a mas de 5 trabajadores. (Cuando la extinción de contratos afecte a un número de trabajadores inferior a los detallados anteriormente, y la causa sea económica, técnica, organizativa o de producción, el procedimiento no será colectivo sino individual tal como establece el art. 52 c) del Estatuto de los Trabajadores.) En los casos que con motivo de un Expediente de Regulación de Empleo se extinguiera la relación laboral de los trabajadores la indemnización será en los casos de acuerdo entre las partes la fijada en los mismos, y como mínimo en todos los casos, de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, con un máximo de 12 mensualidades. En los supuestos de fuerza mayor la Autoridad Laboral podrá acordar que la totalidad o una parte de la indemnización que corresponda a los trabajadores afectados por la extinción de los contratos sea satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del derecho de éste a resarcirse del empresario
    o El despido por causas objetivas lo regula el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 52 y es aquel que se produce por causas relacionadas directamente con el propio trabajador o bien por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción que afecten directamente a la empresa

  • ERTE estado de alarna, posterior ERTE convencional

    Anónimo ( 01/04/2020 10:12:25 )

    Si solicitara un ERTE con las condiciones especiales del estado de alarma y se incluyen x trabajadores, y con posterioridad solicito un ERTE convencional no sujeto a bonificaciones para otros trabajadores no incluidos en el primero, estoy incumpliendo las condiciones de conservación del empleo asociadas a las exenciones del primero?

  • RE: ERTE estado de alarna, posterior ERTE convencional

    Anónimo ( 03/04/2020 12:53:02 )

    No porque el ERTE solicitado de forma convenional sería posterior y tendría otras causalidad

  • ERTE. Definir plazo

    Anónimo ( 01/04/2020 10:11:02 )

    En un ERTE normal, en el momento de solicitarlo hay que definir un plazo? En ese caso, cuál es el plazo máximo?

  • RE: ERTE. Definir plazo

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 03/04/2020 13:24:51 )

    Los efectos de la suspensión de contratos o reducción de jornada se entienden producidos desde la fecha del hecho causante y se extenderán al periodo de tiempo decretado por la Autoridad competente o mientras persistan, en la medida descrita en el apartado anterior, las circunstancias graves y extraordinarias. Si la situación se alarga más del periodo inicial concedido por el ERTE se podría prorrogar y se encadenarían varios ERTEs en función de la necesidad de cada empresa.

  • ERTE. Exención pago SS

    Anónimo ( 01/04/2020 10:10:15 )

    Todos los trabajadores que incorpore a ese ERTE y que se beneficie la empresa de la exención del pago de la SS, estamos obligados a tenerlos en plantilla 6 meses  a partir de que se reincorporen a la empresa, o a partir de que se cierre el ERTE ( en caso de que en el expediente permaneciese gente una vez reincorporado el trabajador)?

  • RE: ERTE. Exención pago SS

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 03/04/2020 13:22:35 )

    Todos los ERTES acogidos al RD-ley 8/2020, sea por la causa que fuera. Normalmente se vinculará la duración del ERTE a la del estado de alarma, una vez que esto suceda los trabajadores vuelven a su puesto de trabajo y a partir de su reincorpotacion al puesto de trabajo deberán estar contratados al menos seis meses

  • ERTES RESUELTOS

    Anónimo ( 31/03/2020 17:56:22 )

    Kaixo, l@s que tenéis expedientes de ERTE (fuerza mayor) resueltos, en que parte de la aplicación véis que ya están resueltos (a favor o en contra)???

  • RE: ERTES RESUELTOS

    Anónimo ( 31/03/2020 20:42:36 )

    Alguien tiene un numero de ERTE asignado ya? que se siente cuando te llega? jajajaja,
    (yo tengo bastantes ya en silencio positivo hace dias)

  • SEPE

    Anónimo ( 31/03/2020 15:04:00 )

    Es la primera vez que tengo que hacer un ERTE, ¿qué pasos tengo que seguir en el SEPE después del silencio administrativo? ¿Qué hay que hacer? ¿comunicarlo al SEPE pero como? ¿haciendo qué? Mediante cerific@ pero qué ?

  • RE: SEPE

    Anónimo ( 01/04/2020 9:40:03 )

    tienes que enviar un excell rellenado con los datos de empresa y trabajadores, que esta colgado en la propia página del sepe, te dejo el enlace, donde tienes la hoja excel y el documento informativo, no parece complejo...........http://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/informacion-empresas.html.....yo ya e enviado dos (tras silencio administrativo)

  • Ampliación número trabajadores ERTE

    Anónimo ( 31/03/2020 10:17:43 )

    En la solicitud del ERTE hay que indicar los trabajadores que podrían incluirse en ese expediente. Se puede ir incorporando al mismo ( suspendiendo contratos de forma progresiva)?

  • RE: Ampliación número trabajadores ERTE

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 31/03/2020 10:20:57 )

    Si hay posibilidad realizando un trámite en la Delegación de Trabajo.

  • Consulta Sector Naútico

    Anónimo ( 31/03/2020 10:16:29 )

    Una empresa del sector náutico pregunta si podrá seguir desplazándose a los pantalanes donde realiza gran parte de sus trabajos

  • RE: Consulta Sector Naútico

    JESUS MARIA BUISAN MARTIN ( 31/03/2020 10:41:50 )

    CRITERIOS DE LA ERTZAINTZA SOBRE LA ALARMA SANITARIA Revisión 01 (25/03/2020): Mientras se mantenga y no se endurezca la normativa en vigor, ni sea una actividad minorista con local abierto al público; puede desplazarse al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial. No se solicitará ningún tipo de certificado a las personas que se identifique, si bien se valorará la información que aporte para justificar el desplazamiento. En caso que la información que aporte genere dudas, se podrá comprobar por otros medios. De momento, no existe ningún certificado oficial de movilidad.

  • Obtención financiación Elkargi

    Anónimo ( 31/03/2020 10:15:45 )

    Varias empresas muy preocupadas por la falta de liquidez han recurrido a Elkargi para conseguirla pero se quejan de la complejidad de la tramitación y de la lentitud en su obtención. ¿Hay algún mecanismo para agilizar la obtención de financiación del circulante o medidas alternativas a hacerlo a través de Elkargi?

  • RE: Obtención financiación Elkargi

    JESUS MARIA BUISAN MARTIN ( 31/03/2020 10:40:49 )

    Adjunto remito "Manual de usuario" para la tramitación de la subvención a través de su web "www.elkargionline.com"; así como folleto resumen con sus características y documentación necesaria.

    Otra opción es recurrir a un despacho externo para apoyar a la empresa en la gestión su tramitación.

  • Moratoria Alquiler Pabellones

    Anónimo ( 31/03/2020 10:14:26 )

    Si se puede renegociar el alquiler de los pabellones ocupados o existe alguna medida de moratoria de alquileres en caso de paralización temporal de actividad.

  • RE: Moratoria Alquiler Pabellones

    JESUS MARIA BUISAN MARTIN ( 31/03/2020 10:31:16 )

    • Si la empresa esta ubicada en la Red de Parques Tecnológicos de Euskadi facilitará financiación indirecta a las empresas instaladas en los parques en régimen de alquiler, aplazándoles el cobro de dicho alquiler.
    Tras la solicitud por parte de las empresas:
    • Establecer un aplazamiento de pago del arrendamiento y de los gastos de comunidad de las empresas durante el periodo de 3 meses, pudiendo ser ampliado mediante prórroga tres meses más, hasta alcanzar los 6 meses.
    • La deuda total aplazada, podría diferirse en un periodo que podría corresponder con la vida útil restante del contrato de alquiler.
    • Esta deuda aplazada no devengaría tipo de interés alguno, se trataría de un aplazamiento de deuda sin interés.

    • Si la empresa esta ubicada en EN POLÍGONOS INDUSTRIALES, asimismo, desde SPRILUR –Grupo SPRI se acuerda el aplazamiento del cobro de alquileres a favor de Sprilur durante 3 meses, con posibilidad de optar a otros 3 meses adicionales.
    • Aplazamiento de las cuotas arrendaticias de los contratos de arrendamiento simple correspondientes a los 3 siguientes meses, pudiendo llegar a negociarse también las de los 3 meses posteriores.
    • Aplazamiento de las cuotas arrendaticias de los contratos de arrendamiento con opción a compra correspondientes a los 3 siguientes meses, pudiendo llegar a negociarse también las de los 3 meses posteriores

    • APLAZAMIENTO DE PROGRAMAS SENDOTU e IKERKETA. Se procederá, asimismo, mediante próxima Orden de la consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, al aplazamiento de la devolución de los créditos y alquileres por parte de pymes a la administración, relativos a estos programas.

    • En otros casos, no existen actualmente medidas; por lo que la renegociación en su caso sería a la buena intención de las partes.

  • Solicitud ERTE

    Anónimo ( 31/03/2020 10:13:27 )

    En qué condiciones pueden pedir un ERTE y cuál es el proceso para solicitarlo.

  • RE: Solicitud ERTE

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 31/03/2020 10:24:45 )

    a. Las siguientes circunstancias:
    i. Las derivadas de las distintas medidas gubernativas o sanitarias de contención adoptadas como consecuencia del Covid-19, incluida la declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que impliquen o puedan implicar, entre otras, suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y o las mercancías. A estos efectos todas las actividades incluidas en el anexo del real decreto antes citado se consideran afectadas por fuerza mayor temporal.
    ii. Las debidas a situaciones urgentes y extraordinarias provocadas por el contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo, que queden debidamente acreditadas.
    iii. Falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad o impongan la suspensión de ciertas actividades laborales, siempre que traiga su causa en las medidas excepcionales decretadas por la autoridad gubernativa o recomendadas por las autoridades sanitarias, en ambos casos en relación al Covid-19.

    b. El proceso para solicitarlo:
    i. Redacción de una carta donde se comunica a cada uno de los empleados la decisión por parte de la empresa de acudir al ERTE. Dicha carta debe ser firmada por la empresa y el trabajador (es válida la firma digital o bien incluso que se conteste por correo electrónico por parte del empleado dándose por informado).
    ii. Redacción de una Memoria explicativa por parte de la empresa explicando los motivos por los cuales se acude al ERTE. (es válida firma digital o bien incluso que se conteste por correo electrónico por parte del empleado dándose por informado).
    iii. Redacción del Acta relativa a la reunión en la que se informa de todo a los empleados. En este caso, con la aprobación del nuevo Real Decreto Ley, puede ser telemática (es válida firma digital o bien incluso que se conteste por correo electrónico por parte del empleado dándose por informado).
    iv. Por último, habrá que cumplimentar un anexo para la autoridad laboral competente y presentar la solicitud."

  • CNAE distinto turistico. ¿Posible solicitar ayudas de este sector?

    Anónimo ( 31/03/2020 10:12:02 )

    En las ayudas que se van a conceder al sector turístico, una empresa nos indica que se han encontrado con el problema de realiza actividad en el sector turístico pero no como actividad principal, por lo que su CNAE principal no es turístico. Y claro, cree que se queda fuera de poder pedir estas ayudas al ser un requisito que el CNAE principal sea de turismo. ¿Hay alguna opción a poder acceder a estas ayudas?.

  • RE: CNAE distinto turistico. ¿Posible solicitar ayudas de este sector?

    Anónimo ( 31/03/2020 10:12:37 )

    Si en una ayuda piden un CNAE concreto y la empresa no lo cumple, poco se puede hacer.

  • CONSULTA SEPE-ERTES

    Anónimo ( 31/03/2020 8:18:56 )

    Quisiera saber si tenéis constancia de un número genérico para los ERTES, dado que ante el silencio administrativo , el SEPE no nos deja comunicar los datos de los trabajadores en ERTE sin este dato y no encuentro ninguna instrucción al respecto.

  • RE: CONSULTA SEPE-ERTES

    Anónimo ( 31/03/2020 17:54:30 )

    hola, yo lo que hago es cuando me pide el numero de ERTE, que son dos cuadros, uno con 5 dígitos y otro con 2, en el de 5 dígitos meto los ultimos 5 números del expediente, (si visualizas los expedientes, aparecen los números de expediente) 48/2020/0xxxxxx (serían los 5 de la x) y en la casilla de dos dígitos, que se supone que es la del año, pongo 20. Todavía no tengo la resolución de ninguno y no se si me los aceptarán asi o no.

  • RE: CONSULTA SEPE-ERTES

    LUIS HIDALGO SANTAMARIA ( 31/03/2020 10:14:43 )

    la verdad es que la situacion es increible. te obligan a transmitir en 5 dias con el numero de ERTE y yo ya tengo 4 en silencio positivo hace dias y no llega nada con ese numero de ERTE. Yo he tomado la decisión de mandar el excel con un generico: 0000/2020. Por lo menos que les quede constancia de que se han presentado los datos y que no es culpa nuestra.
    En teoria luego la autoridad laboral transmite el numero de ERTE tambien al SEPE. No se para que han montado este lío así.
    A ver si nos ayudamos entre nosotros, porque esta todo mas descontrolado....
    Animo!!!

  • Empresas venta online y ecommerce

    Anónimo ( 30/03/2020 15:53:38 )

    Hay ayudas a las empresas con modelos de negocio de venta online y ecommerce. Nos indican que en muchos casos las producciones son en China y al haber dificultades en los envíos de los productos a los clientes se están parando las ventas.

  • RE: Empresas venta online y ecommerce

    Anónimo ( 31/03/2020 10:10:17 )

    El modelo de negocio (venta online o ecommerce) no debería ser impedimento para solicitar una ayuda, siempre que se cumplan el resto de condiciones para ser beneficiario y que se den las condiciones o “hecho subvencionable” específico.

  • ERTE media jornada conciliación familiar

    Anónimo ( 30/03/2020 15:50:58 )

    Una empresa que sigue en actividad, ha presentado un ERTE de media jornada por conciliación familiar. Nos pregunta si la aprobación es inmediata o tiene un proceso como un ERTE normal.

  • RE: ERTE media jornada conciliación familiar

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 31/03/2020 10:09:01 )

    El proceso es como un ERTE normal, la única diferencia es a la hora de mandar la información al SEPE, habrá que poner el porcentaje de jornada.

  • Autónomos societarios de promotoras

    Anónimo ( 30/03/2020 15:46:27 )

    Muchos promotores y promotoras son socios y socias a la vez que administradores, por lo que están dados de alta como autónomos societarios. Existe muchas dudas de cómo quedan ellos ante esta situación, si tienen ayudas, si se benefician de rebajas en seguros sociales, etc. También nos indican como les afecta a ellos un ERTE.

  • Autónomos societarios de promotoras

    Anónimo ( 30/03/2020 15:45:33 )

    Muchos promotores y promotoras son socios y socias a la vez que administradores, por lo que están dados de alta como autónomos societarios. Existe muchas dudas de cómo quedan ellos ante esta situación, si tienen ayudas, si se benefician de rebajas en seguros sociales, etc. También nos indican como les afecta a ellos un ERTE.

  • RE: Autónomos societarios de promotoras

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 31/03/2020 10:07:54 )

    Según un comunicado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de fecha 19 de marzo de 2020 se indica:
    1. Todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75%, tienen ya derecho a la prestación que aprobamos en el último Consejo de Ministros independientemente de su condición.
    2. Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661€ para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación. Por lo que no es necesario la baja ni en S.S. ni en Hacienda. Es un procedimiento de cese temporal, para poder iniciar la actividad normal cuanto antes.

  • Autonomo perteneciente a una cooperativa

    Anónimo ( 30/03/2020 15:42:16 )

    Una cooperativa indica que se han enterado que es posible un ERTE para autónomos en una cooperativas a través de la mutua. No saben exactamente cómo funciona. ¿Se paraliza la tarifa plana de autónomos?. ¿Se vuelve a la situación previa cuando finalice la crisis?

  • RE: Autonomo perteneciente a una cooperativa

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 31/03/2020 10:04:12 )

    Si los cooperativistas eligieron el régimen de autónomos tienen que hacer el tramite con la Mutua que tengan asignada, como cualquier autónomo. 

  • Actividad esencial

    Anónimo ( 30/03/2020 13:50:52 )

    Hola; alguien podría indicarme si aquellos que trabajamos en una empresa como responsables en la tramitación de los seguros sociales, contratos, ERTES, nóminas contabilidad e impuestos estamos considerados como actividad esencial para desplazarnos a nuestros centros de trabajo?. Muchas gracias

  • RE: Actividad esencial

    Anónimo ( 30/03/2020 14:21:46 )

    yo entiendo que segun el anexo apartado 16 sí que podemos. Que nos discuta la autoridad o quien sea qué es qué no es urgente.
    El ERTE está claro pero el resto de cosas también tendrán que hacerse.

  • RE: Actividad esencial

    Anónimo ( 31/03/2020 7:49:05 )

    yo opino igual, ANEXO, PUNTO 16 del Real Decreto Ley 20/2020 829 de MARZO)
    "no serán objeto de aplicación del permiso retribuido regulado en el presente real decreto-ley. 16.las actividades que prestan servicios en despachos y asesorías legales, gestorías administrativas, y de graduados sociales, servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales, en cuestiones urgentes"

    De momento la AT no ha aplazado plazos de impuestos con lo cual, los que tenemos clientes de territorio común para el 15 de abril tenemos que enviar los trimestrales, y eso, quedandonos en casa, es imposible !!!!!!!!!

  • ENVIO SEPE DATOS SOS

    Anónimo ( 30/03/2020 12:57:14 )

    Hola, tengo un problema y creo importante..NO TENGO CERTIFICADO DIGITALES DE MIS CLIENTES...he tramitado ERTES CON AUTORIZACIONES Y EL MIO..PARA ENVIO SEPE EL REGISTRO ME LO RECHAZARÁN???? Me están llegando acuses y tengo de envio pero luego otro mail con rechazado sin ver causa y si entro en buscar expedientes sigo viendo enviado. Por otro lado aun no tengo el fin de ERTES solo numero que le asignan al expediente en mi carpeta pero han pasado los 5 días hábiles. ME QUIERO MORIR

  • PAGO DE ALQUILER DE UNA PYME

    Anónimo ( 30/03/2020 10:18:13 )

    Sabe alguien cómo se tramita o dónde te dan información de los requisitos a cumplir para solicitar ayuda para el pago del alquiler de un local cuyo arrendador es un particular?

  • AUTONOMO PLURIEMPLEADO

    Anónimo ( 30/03/2020 10:15:12 )

    Un autónomo, hostelero, cesada su actividad por fuerza mayor, que a su vez se encuentra de ERTE en una empresa para la que trabaja por cuenta ajena,
    1.- puede optar por qué prestación quiere cobrar o cobrará la que le hayan resuelto primero?
    2.- suponiendo que cobra la prestación por ERTE de la empresa para la que trabaja por cuenta ajena, y no cobraría por tanto la prestación por cese del RETA, podría tener exonerada la cuota de autónomos? de ser así, debería por tanto solicitar la prestación por cese aunque no la vaya a cobrar para no pagar la cuota de autónomos, no?

  • Traslado por motivos de trabajos de Asesoría

    Anónimo ( 28/03/2020 21:24:54 )

    Tengo una Asesoría, y según lo que ha salido hoy a partir del lunes no vamos a poder trasladarnos a nuestros puestos de trabajo, tengo trabajos de ERTE-s por hacer a partir de la semana que viene. ¿Me puedo trasladar a otro pueblo para poder hacer mi trabajo de Asesoría??

    Gracias

  • RE: Traslado por motivos de trabajos de Asesoría

    Anónimo ( 29/03/2020 12:13:04 )

    Asesoramiento empresarial. Se consideran esenciales las personas trabajadoras que presten servicios en gestorías, asesorías, despachos profesionales, servicios ajenos y propios de prevención de riesgos y, en general, aquellas dedicadas a la actividad de asesoramiento empresarial y sociolaboral.

  • ERTES CAUSAS ORGANIZATIVAS

    Anónimo ( 26/03/2020 14:20:48 )

    Algun@ ha tramitado un ERTE por causas organizativas (NO POR FUERZA MAYOR) en una empresa con menos de 5 trabajadores?.
    Como se gestiona en estos casos el periodo de consultas DE LOS TRABAJADORES cuando no hay ni representantes de trabajadores, ni siquiera trabajadores que estén sindicados. Vale simplemente con una carta de comunicación a cada trabajador/a?

  • RE: ERTES CAUSAS ORGANIZATIVAS

    ENDIKA ALABORT AMUNDARAIN ( 03/04/2020 20:55:45 )

    Para aportar más al proceso, si no hay representación de los trabajadors (sección sidical, delegado de empresa o comité), hay que comunicar a la plantilla la intención de realizar el ERTE e instar a que se forme una comisión ad hoc (3 miembros). Los elegirán mediante votación.
    A partir de ahí, se abre el periodo de negociaciones (7 o 15 días), en la que hay que justificar la medida, responder a las preguntas de la comisión y negociar un posible acuerdo. Tiene que haber acta inicial, final y tambiñen de las reuniones (no obligatorias pero sí recomendable).

  • RE: ERTES CAUSAS ORGANIZATIVAS

    Anónimo ( 26/03/2020 15:55:52 )

    Hola compañero.

    Yo lo que he hecho en esos casos es:
    1) comunicación de la decisión a los trabajadores y que nombren a una persona por lo menos (un mail en el que respondan cada uno "ok, recibido y nombro a tal persona..."
    2) justificante del inicio del periodo de consultas con aportacion del informe a esa persona nombrada.
    3) acta final del periodo de consultas con aceptación de las condiciones por las dos partes.

    Yo lo he hecho el mismo dia todo, de manera consecutiva en el tiempo y listo.
    En teoría se cumple todo porque los trabajadores están de acuerdo y la autoridad laboral no tiene que valorar nada.

    A ver si me lo contestan positivamente. Tengo tres asi

    Si hay algun compañero que opina lo contrario o diferente., que lo comente, por favor.

  • RE: ERTES CAUSAS ORGANIZATIVAS

    Anónimo ( 27/03/2020 11:24:48 )

    ok, eskerrik asko por la respuesta.
    lo haré así yo también, mas o menos lo había pensado hacer algo como lo que comentas, y todo el mismo día.
    Se agradece la respuesta !!!!!

    Por otra parte estoy esperando a ver si me responden hoy a dos ERTES por FUERZA MAYOR que presente el Viernes pasado (un bar, QUE ME LO DEBERIAN DE DAR EL OK, y un taller de cohes, DONDE TENGO MIS DUDAS). Se supone que hoy se cumplen los 5 dís y deberían darme una resolución al respecto.
    Ya os iré contando !!!

  • AUTONOMO QUE COTIZA POR MODULOS

    Anónimo ( 25/03/2020 23:32:35 )

    En supuesto de cerrar por perdidas de ingresos cómo pueden demostrar los trabajadores autónomos que están en la modalidad de módulos que han sufrido pérdidas con respecto al año anterior. Para poder solicitar el CESE DE ACTIVIDAD DE TRABAJADORES AUTONOMOS?

  • Interpretación del Colegio sobre la entrada real en vigor del estado de Alarma

    Anónimo ( 25/03/2020 18:01:21 )

    De acuerdo con la lectura de los documentos que hay en este correo, nos gustaría saber la interpretación del Colegio sobre la entrada real en vigor del estado de Alarma. Toda vez que como ya hubo un RD de 14 de marzo, nosotros hemos presentado ya alguna solicitud de ERTE con fecha del 16 de marzo (previa a la modificación posterior de 18 de marzo)

  • FECHA FIN ERTE POR FUERZA MAYOR

    Anónimo ( 25/03/2020 10:32:56 )

    Hola, ¿Que fecha de fin hay que poner en el ERTE por fuerza mayor? ¿la de fin del estado de emergencia? ¿y si se prorroga, habría que solicitar un nuevo ERTE? Gracias

  • ERTE + otro trabajo

    Anónimo ( 25/03/2020 10:22:31 )

    Los trabajadores cuya empresa esté en ERTE, está claro que pueden trabajar en otro lado.
    Si en el otro trabajo está a tiempo parcial se puede compaginar la prestación del paro, pero si está a tiempo completo? Quién comunicaría esta situación a Lanbide, el trabajador o la empresa? Cómo se tiene que hacer? Gracias

  • RE: ERTE + otro trabajo

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 25/03/2020 14:30:59 )

    Buenos días, en los ERTES por COVID19 todas las comunicaciones con SEPE esta previsto que las haga la empresa y no los trabajadores. Si ya venia trabajando en otra empresa, estara en situacion de pluriempleo y hay que suponer que le dan el paro parcial, por la parte de jornada que no trabaje. En estas circunstancias excepcionales no se como lo trataran, pero en los ERTES anteriores al coronavirus si el trabajador estaba en activo en otra empresa, las bonificaciones de seguridad social por ERTE en la empresa afectada las perdia. Si proceden del mismo modo, tanto empresa como trabajador tendran que pagar el 100% de los seguros sociales. Esto lo digo por experiencia en ERTES anteriores no por el ERTE de COVID19.
    En cuanto a como se procesa, seguimos esperando que SEPE configure las opciones. Un saludo

  • ERTE + otro trabajo

    Anónimo ( 25/03/2020 10:20:56 )

    Los trabajadores cuya empresa esté en ERTE, está claro que pueden trabajar en otro lado.
    Si en el otro trabajo está a tiempo parcial se puede compaginar la prestación del paro, pero si está a tiempo completo? Quién comunicaría esta situación a Lanbide, el trabajador o la empresa? Cómo se tiene que hacer? Gracias

  • ERTE + otro trabajo

    Anónimo ( 25/03/2020 10:19:42 )

    Los trabajadores cuya empresa esté en ERTE, está claro que pueden trabajar en otro lado.
    Si en el otro trabajo está a tiempo parcial se puede compaginar la prestación del paro, pero si está a tiempo completo? Quién comunicaría esta situación a Lanbide, el trabajador o la empresa? Cómo se tiene que hacer? Gracias

  • RE: ERTE + otro trabajo

    Anónimo ( 16/05/2020 10:48:29 )

    A mí desde el SEPE me han contestado que en cuanto te dan de alta en otra empresa tienes la obligación de comunicárselo a ellos, bien por teléfono (cosa muy complicada) o bien entrando con tu contraseña al portal del sepe.

  • SEPE

    Anónimo ( 24/03/2020 17:37:09 )

    Después de conseguir un ERTE ¿la empresa tiene que comunicarlo al SEPE? ¿tienen que hacer alguna gestión con la Seguridad Social la empresa?

    Eskerrik asko

  • RE: SEPE

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 24/03/2020 17:44:47 )

    Buenas tardes, efectivamente hay que hacer un movimiento en la seguriidad social en tipo de actividad:
    V: suspensión total ERE COVID19
    W: suspensión parcial ERE COVID19
    X: suspensioón parcial ERE+huelga COVID19
    Esta en el boletin de noticias RED 4/2020
    En cuanto al SEPE, si, la empresa tiene que comunicar, pero todavia no saben como va a ser el procedimiento, ya que de cara a que los trabajadores afectados no tengan que hacer nada, habra que mandar sus numeros de cuenta bancaria. Estamos a la espera, hoy mismo he hecho la consulta a SEPE. Un saludo

  • RE: SEPE

    Anónimo ( 25/03/2020 10:39:18 )

    Hola, si te dicen algo nos comentas, a mi me dijo un compañero que tenai in documento sepe burgos que pone ellos (desde SEPE) contactan con las empresas porque reciben la concesion del ERTE. Por otro lado, ¿veis los expendiente de ERTEs una vez enviados? en mi carpeta no salen, me dijeron que tardan hasta que el tramitador no los procesa..¿a alguien le han respondido alguna solicitud?

    gracias, es la primera vez que tramito estos temas (no soy de laboral pero estoy yo sola y los abogados que me daban soporte no han querido o podido dar cobertura en este momento a mis clientes)

  • RE: SEPE

    Anónimo ( 25/03/2020 12:42:48 )

    yo he tramitado unos 10 y los tres primeros me aparecen ya en expedientes con un numero asignado. Al cargar ese expediente, en tramitacion sale esto:
    Trámite:Recepción de la solicitud e inicio de expediente
    Tipo Aportación:Telemática
    Estado: Visto Bueno
    Entiendo que ahora estará en fase de estudio y luego notificarán con lo que sea: subsanación o ok.

  • TELETRABAJO

    Anónimo ( 24/03/2020 13:49:46 )

    Trabajo en una asesoría. ¿Tenemos los trabajadores derecho a trabajar desde casa o puede la empresa obligarnos a venir al centro de trabajo?

  • RE: TELETRABAJO

    Anónimo ( 25/03/2020 23:37:41 )

    ¿Cuáles son las medidas de seguridad comunes para todas las empresas?
    Las medidas son en principio: teletrabajo, donde se pueda utilizar, con el fin de que la persona se quede en casa. De no poder utilizarse el teletrabajo, lo oportuno es modificar los horarios de entrada y salida para que la persona no coincida en los medios de transporte con las horas de mayor aglomeración.
    Dentro de la empresa la medida consiste en evitar concentración de personas en un mismo espacio de trabajo. En el espacio de trabajo compartido hay que buscar que exista una distancia entre persona y
    persona de dos metros. Ampliar las labores de limpieza y desinfección de las superficies. Facilitar espacios donde se pueda lavar las manos con agua y jabón, de forma frecuente. No realizar reuniones de grupo ni acciones formativas o informativas que implique una aglomeración de personas. Es preferible la videoconferencia y la comunicación on-line.

  • RE: TELETRABAJO

    Anónimo ( 25/03/2020 15:47:30 )

    La empresa ( asesoría ) adoptará todas las medidas de prevención contra la propagación del virus en sus instalaciones y velará por la seguridad de los trabajadores . Los servicios de prevención colaborarán en la toma de esas medidas . Una de las medidas mas efectivas es el teletrabajo ,si se puede realizar . Si se considera que el trabajador es de un grupo de riesgo muy alto para acudir al centro de trabajo , deberá aportar los informes complementarios a su servicio de prevención (Vigilancia de la salud) que realizará un informe que el trabajador aportará a su medico de atención primaria ( Osakidetza) que puede concederle una ILT ( baja laboral ) con los códigos del COVID 19 por esos motivos. En resumen SI derecho a trabajar desde casa si se puede , pero la empresa SI puede exigir acudir al centro de trabajo .

  • Puede el gobierno suprimir un derecho básico de cualquier empresa?

    Anónimo ( 24/03/2020 8:38:38 )

    Según el gobierno:
    Estamos en estado de alarma y hay que estar en casa.
    Las clínicas dentales, de logopedia, ópticas, etc, todas las que tienen algún aspecto médico-sanitario, no pueden ir a erte ya que pueden abrir.
    Por tanto, estos profesionales deben estar en su casa y, a la vez, atendiendo a clientes que, a su vez, también deben estar en sus casas. Además, quien va a acudir a una consulta jugándosela?
    Parece el crimen perfecto.

    Es esto cierto? Es lógico? Es justo? Puede el gobierno suprimir un derecho básico de cualquier empresa? Hay alguna solución a esta discriminación?

  • RE: Puede el gobierno suprimir un derecho básico de cualquier empresa?

    Anónimo ( 24/03/2020 17:15:01 )

    Puede el gobierno suprimir un derecho básico de cualquier empresa?

  • AUTONOMOS

    Anónimo ( 23/03/2020 12:29:25 )

    En caso de los autónomos tienen ayudas para pagar las cuotas de seguridad social o pueden atrasas los pagos de las cuotas, como se hace.......... ¿pueden tener derecho al paro? ¿como se tiene que gestionar?

    Eskerrik asko,

  • RE: AUTONOMOS

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 24/03/2020 17:59:43 )

    Buenas tardes, los autónomos pueden cobrar el 70% de la base reguladora durante un mes o hasta le ultimo dia del mes en el que finalice el estado de alarma y no pagar la cuota de autónomos, siempre que se hayan visto forzados al cierre por RD 463/2020 o bien su facturación sea un 75% menor a la media del semestre anterior.
    Tienen que estar en alta con anterioridad a la declaración de estado de alarma y al corriente de pago, si tienen deuda se les conceden 30 días para el pago de la misma.
    Esta prestación es incompatible con cualquier otra prestación de la Seguridad social.
    No necesario acreditar periodo mínimo de cotización
    Articulo 17 del Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo
    Para su tramitación todas las Mutuas de accidentes de trabajo han preparado impresos, que encontraras en sus páginas web, para su cumplimentacion y envio a la Mutua que corresponda
    Un saludo

  • RE: AUTONOMOS

    Anónimo ( 25/03/2020 16:01:56 )

    En estos momentos AMAT ( Asociación de Mutuas ) y DGOSS ( Dirección general de ordenación de la Seguridad Social ) están reunidos por motivos de interpretación en algunos aspectos de la norma, el modelo de solicitud de la prestación cese de actividad de trabajadores autónomos con relación a la crisis del COVID 19 va a sufrir modificaciones. Están unificando criterios y haciendo un modelo de solicitud unico.
    Las paginas web de las Mutuas serán actualizadas en cuanto lleguen a un consenso.

  • RE: AUTONOMOS

    Anónimo ( 26/03/2020 17:31:10 )

    Ya estan en las paginas web de las entidades colaboradoras de la seguridad social MUTUAS , los documentos unificados para la solicitud de la PRESTACION DE CESE DE ACTIVIDAD DE TRABAJADORES AUTONOMOS (CATA) de una manera muy simplificada .

  • Duda

    Anónimo ( 23/03/2020 9:31:26 )

    Si la empresa no entra dentro del grupo que tiene que cerrarse se tramita como Fuerza Mayor o como causas económicas derivadas del COVIT?

    No lo veo muy claro en el BOE.

  • ¿Plazo de 5 días? ¿Naturales o hábiles? ¿Y desde cuándo se empieza a contar? ¿Desde el primer día hábil en el que se solicita, desde que la

    Anónimo ( 20/03/2020 9:45:25 )

    ¿Naturales o hábiles? ¿Y desde cuándo se empieza a contar? ¿Desde el primer día hábil en el que se solicita, desde que la administración se da por enterada?

  • RE: ¿Plazo de 5 días? ¿Naturales o hábiles? ¿Y desde cuándo se empieza a contar? ¿Desde el primer día hábil en el que se solicita, desde que la

    Anónimo ( 24/03/2020 14:27:47 )

    Ayer hice esta pregunta en el departamento de empleo del Gobierno Vasco y me indicaron que eran 5 días Hábiles.

  • RE: ¿Plazo de 5 días? ¿Naturales o hábiles? ¿Y desde cuándo se empieza a contar? ¿Desde el primer día hábil en el que se solicita, desde que la

    Anónimo ( 22/03/2020 14:08:56 )

    Buenos días, según el articulo 22.2c) del Real Decreto Ley 8/2020 y el artículo 33 del Real Decreto 1483/2012 habrá que entender que el plazo de cinco días empieza a computarse desde la fecha de la solicitud. En cuanto a si los cinco días son hábiles o naturales, como en las legislaciones especificas antes mencionadas no concreta nada, habrá que estar a lo que dice el articulo 30 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: ".....cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles...…". Un saludo

  • Fecha de presentación de los ERTE

    JOSE LUIS BILBAO BEITIA ( 18/03/2020 14:48:26 )

    La pregunta es: En la presentación de los ERTE, a raíz de la crisis del CORONAVIRUS, en qué fecha se aplica? A la fecha de la ley de emergencias?, a la fecha de presentación?, a la fecha de aprobación?

  • RE: Fecha de presentación de los ERTE

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 18/03/2020 18:36:49 )

    Jose Luis, segun el articulo 22. 2. del Real Decreto Ley 8/2020 " de 17 de marzo de 2020
    c) La resolución de la autoridad laboral se dictará en el plazo de cinco días desde la
    solicitud, previo informe, en su caso, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y
    deberá limitarse a constatar la existencia, cuando proceda, de la fuerza mayor alegada por
    la empresa correspondiendo a ésta la decisión sobre la aplicación de medidas de
    suspensión de los contratos o reducción de jornada, que surtirán efectos desde la fecha
    del hecho causante de la fuerza mayor."

  • ERTE POR FUERZA MAYOR

    MIKEL ZULUETA MADINABEITIA ( 18/03/2020 11:46:28 )

    Hola me gustaría saber si a una empresa no incluida en el anexo del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, en este caso, una tintorería, se le puede aplicar un ERTE por fuerza mayor?
    No es lo mismo tener una tintorería de barrio, que no te va nadie, que una empresa de lavado y limpieza industrial, para hospitales, centros de ancianos... que están aumentando plantilla

  • RE: ERTE POR FUERZA MAYOR

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 18/03/2020 13:25:57 )

    Egun on Mikel, yo diria que ateniendonos al articulo 22 del Real Decreto Ley 8/2020 publicado en el BOE hoy 18 de Marzo , podría considerarse una situacíon de fuerza mayor. Habría que hacer un informe que justifique muy bien la causa del ERTE que podría basarse en la falta de afluencia de publico, en la imposibilidad de evitar el contagio de la plantilla, etc. Un saludo

  • Tengo una asesoría ¿puedo cerrar al público o tengo que abrir obligatoriamente?

    Anónimo ( 18/03/2020 9:44:53 )

    Sí, puede permanecer cerrado durante este periodo establecido por las autoridades.

    FUENTE: Persona colegiada

  • Tengo una asesoría ¿puedo abrir voluntariamente?

    Anónimo ( 18/03/2020 9:43:48 )

    Entendemos que sí., el artículo 10 del Real Decreto suspende la apertura al público
    de establecimiento y locales minoristas, con la excepción de actividades consideradas de primera necesidad, entre las que no se encuentran los despachos fiscales, auditoría,
    gestoría, etc.
    Por lo tanto, los despachos fiscales, auditores, contables, etc. podrán seguir trabajando siempre y cuando no se encuentren abiertos al público.

    FUENTE: Persona colegiada

  • Buenos días. ¿Puede el trabajador negarse a ir al puesto de trabajo? No es una actividad de riesgo y no estamos abiertos al público. Gracias por su respuesta.

    Anónimo ( 18/03/2020 9:41:35 )

    Debe tenerse en cuenta que de acuerdo a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, y su artículo 21.2 dispone que “el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud.” Así que cabe la posibilidad de que los trabajadores desobedezcan a la empresa y se nieguen a prestar servicios por riesgo al contagio del Covid-19, en esta situación será la Jurisdicción Social la que decidirá si la interrupción se encontraba o no justificada.

    FUENTE: Persona colegiada

  • ¿Me podrían explicar el procedimiento para tramitar un ERTE telemáticamente?

    Anónimo ( 17/03/2020 17:00:22 )

    Pregunta realizada por persona colegiada

  • RE: ¿Me podrían explicar el procedimiento para tramitar un ERTE telemáticamente?

    Mª JOSE ELUA MARTINEZ ( 17/03/2020 17:29:35 )

    Te dejo unos pasos en el proceso de tramitación por sI te son de utilidad

    Más Información

    • documentodoc CONSEJOS PROCEDIMIENTO TRAMITACIÓN

  • ¿Tienen que tener los trabajadores un certificado para ir a trabajar por si se lo exige alguna autoridad?

    Anónimo ( 17/03/2020 15:26:42 )

    En el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, art 7 se estable una “Limitación de la libertad de circulación de las personas”, salvo para los motivos que se explicitan en el citado artículo, por lo que si cualquier autoridad solicitar conocer el motivo del desplazamiento al lugar de trabajo, es una buena prueba un certificado de la empresa.
    Le facilitamos el siguiente modelo.

    Más Información

    • documentodoc CERTIFICADO DESPLAZAMIENTO


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